Comisión de Regulación aclara procedimiento para estudios tarifarios en servicios públicos de acueducto y alcantarillado
Proviene de: 20250708
8 de julio de 2025 13:11:45
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) emitió un concepto orientativo respecto a las consultas formuladas por un prestador de servicios públicos domiciliarios sobre el procedimiento para la revisión y actualización de estudios tarifarios en acueducto y alcantarillado.
Con base en el artículo 281 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la CRA aclaró que sus conceptos son orientativos y no vinculantes, y que otras entidades, como la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), pueden realizar acciones de inspección, vigilancia y control.
Régimen tarifario y metodologías aplicables
Respecto al régimen tarifario, la CRA recordó que, conforme al artículo 88 de la Ley 142 de 1994, las empresas deben someterse a un régimen de regulación que puede incluir modalidades de libertad regulada o libertad vigilada. Para los servicios de acueducto y alcantarillado, la CRA ha adoptado el régimen de libertad regulada, en el que las tarifas son fijadas por la entidad tarifaria local —como la junta directiva del prestador o el alcalde municipal cuando el servicio es prestado directamente por la administración—, pero deben calcularse siguiendo los criterios y metodologías definidas por la CRA.
La Comisión indicó que existen dos metodologías tarifarias principales: una para prestadores con más de 5.000 suscriptores en área urbana, y otra para aquellos con menos de 5.000 suscriptores o que operan en áreas rurales, siendo esta última aplicable al caso en cuestión. Ambas metodologías están compiladas en la Resolución CRA 943 de 2021 y disponibles públicamente en la página web de la CRA.
Actualización de costos y solicitud de modificaciones tarifarias
Los costos económicos de referencia deben actualizarse periódicamente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) reportado por el DANE, siempre que la variación acumulada sea igual o superior al 3%. Además, los costos operativos particulares pueden ajustarse cuando se generen nuevos activos o cuando las variaciones superen el 5%. También deben actualizarse los costos generados por tasas ambientales conforme a la normativa vigente.
En caso de que la fórmula tarifaria vigente no garantice el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, el prestador puede solicitar una modificación ante la CRA. Para ello, debe acreditar que la fórmula actual no cumple con los criterios y que la propuesta sí los garantiza, presentando estudios de costos y análisis del impacto tarifario, así como el acto de aprobación de tarifas por parte de la entidad tarifaria local.
Actividades y canales de comunicación
La Comisión informó que estas inquietudes fueron abordadas en una mesa técnica realizada el 10 de junio de 2025, donde se discutieron los aspectos pertinentes y se proporcionaron respuestas detalladas.
Finalmente, la CRA invitó a los interesados a inscribirse en un taller virtual gratuito sobre regulación tarifaria, disponible en https://virtual.cra.gov.co/, y ofreció canales de comunicación para recibir asesoría adicional en materia tarifaria.
Esta comunicación refuerza la importancia de cumplir con los procedimientos y metodologías establecidas para garantizar la suficiencia financiera y la correcta fijación de tarifas en los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, promoviendo así la transparencia y la eficiencia en la prestación de estos servicios esenciales para la población.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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