El Ministerio del Deporte, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, expidió una resolución que dicta disposiciones sobre la implementación del SARLAFT para los clubes profesionales con deportistas remunerados y la DIMAYOR, entidades vigiladas por esta cartera ministerial. Esta medida busca actualizar las instrucciones dirigidas a los supervisados para combatir el lavado de activos (LA), la financiación del terrorismo (FT) y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva (FP), alineándose con los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT).
Ámbito y afectación
La resolución está dirigida a los representantes legales, accionistas, alta gerencia, órganos de administración, oficiales de cumplimiento y demás personas naturales o jurídicas que conforman los clubes profesionales y la DIMAYOR, denominados en conjunto como supervisados. Estos deben disponer de los recursos necesarios para implementar el SARLAFT y desarrollar labores de auditoría y cumplimiento, incluyendo sanciones internas por incumplimientos. Obligaciones y estructura organizacional
Entre las obligaciones principales, el órgano de administración o junta directiva debe diseñar y aprobar las políticas y procedimientos para la prevención y control del riesgo LA/FT/FP, seleccionar y designar al oficial de cumplimiento y garantizar los recursos técnicos y humanos para el funcionamiento del sistema. El representante legal debe apoyar al oficial de cumplimiento y certificar ante el Ministerio el cumplimiento de la resolución. El oficial de cumplimiento, a su vez, es responsable de liderar la implementación y monitoreo del SARLAFT, gestionar reportes internos y externos a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), capacitar al personal y atender requerimientos de inspección y auditoría por parte...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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