Ministerio del Trabajo actualiza el contenido mínimo de la hoja de vida en el Servicio Público de Empleo
Proviene de: Proyectos de resolución
9 de julio de 2025 9:31:54
El Ministerio del Trabajo, en ejercicio de sus atribuciones legales y en desarrollo de la Ley 1636 de 2013 y el Decreto 1072 de 2015, expidió una resolución que modifica parcialmente la Resolución 295 de 2017. Esta modificación busca actualizar el contenido mínimo de la hoja de vida de los oferentes de mano de obra registrados en el Servicio Público de Empleo, un mecanismo fundamental para la gestión y colocación laboral en Colombia.
Principales cambios en el contenido de la hoja de vida
La resolución actualiza las variables que deben contener las hojas de vida. Entre los datos personales se incluyen identificación, nombre, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, sexo, orientación e identidad de género, residencia, pertenencia a grupos étnicos o poblacionales de especial protección constitucional, así como conocimientos, idiomas y destrezas.
En cuanto a la formación académica, se exige información sobre área y vía de cualificación, nivel educativo, programa y fecha de finalización, país donde se cursaron los estudios, profesión o título, y certificados de formación para el trabajo o reconocimiento de aprendizajes previos.
Respecto a la experiencia laboral, se deben registrar perfil, cargo, ocupación, sector, ubicación geográfica, fechas de ingreso y retiro, y total de tiempo de experiencia laboral.
Finalmente, en las condiciones de la oferta de mano de obra se incluyen aspiración salarial, cargo u ocupación de interés, situación laboral y modalidades y condiciones de trabajo.
Transmisión y supervisión de la información
Los prestadores autorizados del Servicio Público de Empleo deberán transmitir mensualmente la información actualizada de las hojas de vida, conforme a las condiciones que defina la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo. Esta unidad será responsable del monitoreo y podrá requerir a los prestadores por incumplimientos. En casos de incumplimiento reiterado, se reportará al Ministerio del Trabajo según lo establecido en la normativa vigente.
Vigencia y alcance
La resolución entra en vigencia a partir de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución 295 de 2017. Esta actualización fortalece la gestión y colocación laboral al garantizar que la información de los oferentes esté completa y actualizada, facilitando así la intermediación laboral en el país.
Con esta medida, el Ministerio del Trabajo reafirma su compromiso con la mejora continua del Servicio Público de Empleo, promoviendo procesos más eficientes y transparentes que beneficien tanto a los trabajadores como a los empleadores en Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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