Decreto 0774 de 2025: Nuevas Regulaciones para el Uso de Biosólidos en Colombia
Proviene de: Decretos
9 de julio de 2025 15:47:24
Contexto y Propósito del Decreto
El Decreto 0774 de 2025, emitido el 7 de julio y publicado en el Diario Oficial el 8 de julio de 2025, es una iniciativa del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Este decreto modifica parcialmente el artículo 2.3.1.1.1 y el Capítulo 4 del Título 1, Parte 3, Libro 2 del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, con el objetivo de actualizar y ajustar los criterios para la utilización de biosólidos generados en plantas de tratamiento de aguas residuales municipales.
El propósito principal es superar las dificultades identificadas en la implementación de la regulación anterior, facilitando el aprovechamiento ambientalmente sostenible de estos subproductos y promoviendo su inclusión en nuevas cadenas productivas. Esta medida es relevante no solo desde el punto de vista ambiental, sino también económico y social, ya que contribuye a la protección de recursos naturales, la mejora de la calidad del ambiente y la promoción del desarrollo sostenible en Colombia.
Medidas y Disposiciones Específicas
El decreto redefine conceptos clave como "biosólidos" y "lote de biosólidos", establece criterios claros para su caracterización física, química y microbiológica, y clasifica los biosólidos en dos categorías: Categoría A (para usos agrícolas) y Categoría B (para otros usos). Esta clasificación permite destinar los biosólidos a diferentes aplicaciones, tales como:
- Uso en zonas verdes, agricultura y áreas privadas (Categoría A).
- Aplicaciones en plantaciones forestales, recuperación de suelos degradados, elaboración de abonos, remediación ambiental, fabricación de materiales de construcción, estabilización de taludes y operación de rellenos sanitarios (Categoría B).
El decreto también señala valores máximos permisibles para metales y microorganismos presentes en los biosólidos, ajustando estos límites en función de normativas nacionales e internacionales, y establece procedimientos de muestreo, análisis y monitoreo con laboratorios acreditados. Además, regula el almacenamiento y transporte, exigiendo condiciones que eviten la proliferación de vectores, olores y emisiones contaminantes.
Entre las restricciones más relevantes, se prohíbe el uso de biosólidos en áreas sensibles como playas, páramos, cuerpos de agua, suelos saturados o con alto nivel freático, zonas de ronda hídrica, y en proximidad a viviendas, hospitales o escuelas, con distancias mínimas definidas para preservar la salud pública y el ambiente.
El decreto incorpora un régimen de transición para proyectos con licencia ambiental vigente o en trámite, que podrán acogerse a la normativa anterior hasta el 31 de diciembre de 2026, aplicándose el nuevo decreto a partir del 1° de enero de 2027.
Ámbito de Aplicación y Entidades Afectadas
Esta regulación tiene aplicación nacional y afecta principalmente a las personas prestadoras del servicio público domiciliario de alcantarillado, productores de biosólidos, entidades ambientales y agropecuarias, así como a municipios, distritos, áreas metropolitanas y departamentos que realizan actividades relacionadas con el tratamiento, manejo y aprovechamiento de aguas residuales.
Específicamente, el decreto involucra al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en la formulación de políticas, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en la regulación ambiental y supervisión, y al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en la regulación de aspectos sanitarios y agropecuarios relacionados con el uso de biosólidos en el sector agrícola.
Implicaciones para la Ciudadanía y el Sector Productivo
Para la ciudadanía, este decreto significa un avance en la protección del medio ambiente y la salud pública, al garantizar que el uso de biosólidos se realice bajo condiciones seguras y controladas. Esto contribuye a la descontaminación de fuentes hídricas y a la prevención de riesgos asociados a la contaminación.
Para las entidades encargadas del tratamiento de aguas residuales, el decreto requiere el cumplimiento de nuevas obligaciones de caracterización, reporte y manejo de biosólidos, incluyendo la presentación de información al Sistema Único de Información (SUI) y el cumplimiento de estándares técnicos y ambientales actualizados.
Asimismo, se fomenta el uso de biosólidos en proyectos de recuperación y mejoramiento ambiental, incentivando la economía circular y la sustitución gradual de insumos químicos en la agricultura, lo que puede generar beneficios económicos y ambientales a largo plazo.
Base Legal y Vigencia
El decreto se expide en ejercicio de las facultades constitucionales del Presidente de la República, especialmente las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política. Además, se fundamenta en diversas normas, como la Ley 99 de 1993, la Ley 101 de 1993, el Decreto Ley 3570 de 2011 y su modificación por el Decreto Ley 1682 de 2017, así como en políticas nacionales de desarrollo y economía circular.
El Decreto 0774 de 2025 entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga o modifica parcialmente las disposiciones anteriores relacionadas con el uso de biosólidos, mejorando el marco regulatorio para su aprovechamiento sostenible.
Conclusión
El Decreto 0774 de 2025 representa un paso importante para consolidar la gestión sostenible de los biosólidos en Colombia, alineando la normativa con estándares internacionales y las metas nacionales de desarrollo sostenible. Su enfoque integral promueve la protección ambiental, la salud pública y el desarrollo económico mediante el impulso de la economía circular y la valorización de subproductos del tratamiento de aguas residuales.
Esta regulación requiere la colaboración activa de las autoridades, los prestadores de servicios públicos y la ciudadanía para su efectiva implementación, contribuyendo así a un país más limpio, saludable y comprometido con la preservación de sus recursos naturales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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