Consejo de Estado remite demanda laboral contra la Policía Nacional por falta de competencia
Consejo de Estado remite demanda laboral contra la Policía Nacional por falta de competencia
Proviene de: Sentencias
9 de julio de 2025 16:5:47
Antecedentes del caso
El proceso se originó con una demanda interpuesta en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho. La acción buscaba la nulidad de varios actos administrativos mediante los cuales se modificaron unilateralmente los tiempos de servicio y se realizó una liquidación distinta a la establecida en una resolución previa, que había reconocido un determinado tiempo de servicio en la Policía Nacional. El demandante solicitaba también el reconocimiento y pago retroactivo de la asignación mensual de retiro como exsuboficial de la Policía Nacional, incluyendo periodos de tiempo doble laborado en estados de sitio, servicios en otras entidades estatales, formación policial y suspensión provisional trabajada.
Análisis de competencia del Consejo de Estado
El Consejo de Estado recordó que, según el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y la Ley 2080 de 2021, su competencia para conocer procesos de nulidad y restablecimiento del derecho está limitada a ciertos casos específicos y no incluye, de manera expresa, controversias de naturaleza laboral en única instancia o con garantía de doble conformidad.
En particular, el Consejo señaló que los asuntos de carácter laboral deben tramitarse en primera instancia ante los juzgados o tribunales administrativos, según la cuantía y fecha de radicación de la demanda. En este sentido, la Ley 2080 de 2021 asigna a los juzgados administrativos la competencia para conocer, en primera instancia y sin atención a cuantía, los procesos laborales de nulidad y restablecimiento del derecho radicados a partir del 25 de enero de 2022.
Decisión y remisión del expediente
Considerando que la demanda fue presentada con posterioridad a esta fecha y que el domicilio del demandante y la entidad demandada se encuentran en Bogotá, el Consejo de Estado declaró su falta de competencia para conocer el caso y ordenó remitir el expediente a los juzgados administrativos del Circuito Judicial de Bogotá – Sección Segunda.
Esta decisión se fundamenta en la necesidad de preservar el derecho de acceso a la administración de justicia, garantizar la doble instancia y respetar la competencia asignada por la ley para los conflictos laborales en la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Conclusión
La providencia del Consejo de Estado reafirma la distribución normativa de competencias en los procesos laborales, evitando la interferencia de la corporación en asuntos que deben ser resueltos por instancias administrativas inferiores. Este pronunciamiento fortalece la especialización judicial y la adecuada administración del derecho en materia laboral dentro del sector público.
Se informó que la comunicación de esta decisión será enviada por secretaría a la parte accionante para su conocimiento y efectos legales correspondientes, garantizando así la transparencia y el debido proceso en el trámite del caso. De esta manera, se espera que la demanda continúe su curso en la jurisdicción competente, permitiendo una resolución oportuna y ajustada al marco legal vigente.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.