Consejo de Estado rechaza recurso sobre reajuste salarial de soldados profesionales
Proviene de: Sentencias
9 de julio de 2025 16:10:2
La sala segunda subsección b del Consejo de Estado, en sesión del 24 de junio de 2025, se pronunció sobre un recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca del 1° de marzo de 2023. El caso se originó a raíz de una demanda presentada contra el Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional, en la que se solicitaba el reconocimiento de un reajuste salarial del 60% sobre la asignación básica para un soldado profesional.
El demandante argumentaba que, a pesar de no haber ingresado como soldado voluntario, cumplía funciones similares a quienes sí lo hicieron y, por tanto, debía recibir el mismo reajuste salarial estipulado en una sentencia de unificación jurisprudencial del Consejo de Estado de 2016. Sin embargo, el tribunal inferior negó la pretensión, decisión que fue confirmada al rechazar el recurso extraordinario.
Fundamentos de la decisión
El Consejo de Estado recordó que el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia busca garantizar la interpretación y aplicación uniforme del derecho. Para proceder, es necesario que la sentencia invocada sea aplicable al caso concreto y que se cumplan ciertos requisitos legales.
En el análisis, se concluyó que la sentencia de unificación jurisprudencial sobre el reajuste salarial del 60% aplicaba exclusivamente a soldados que inicialmente ingresaron como voluntarios y luego fueron incorporados como profesionales, conforme al Decreto Ley 1793 de 2000 y su reglamentación. En cambio, en este caso, el soldado profesional ingresó directamente al régimen sin haber sido voluntario, situación para la cual no existe una regla de unificación.
Por ello, se determinó que el recurso no cumple con los requisitos de procedencia y debe ser rechazado de plano, manteniéndose vigente la asignación básica equivalente a un salario mínimo mensual vigente incrementado en un 40%.
Impacto y conclusión
Esta decisión reafirma la diferenciación en el régimen salarial entre soldados que ingresan como voluntarios y aquellos que lo hacen directamente como profesionales. Los reajustes salariales previstos en la jurisprudencia aplican únicamente para el primer grupo, por lo que los soldados profesionales que ingresan directamente no tienen derecho al aumento del 60%.
El fallo no impuso condena en costas al recurrente y ordenó devolver el expediente al tribunal de origen una vez ejecutoriada la decisión.
Esta resolución es relevante para el personal militar y las entidades públicas, pues clarifica la interpretación y aplicación de los derechos salariales en el régimen de soldados profesionales, evitando confusiones sobre la extensión de los beneficios reconocidos en sentencias previas. De esta manera, se garantiza la coherencia y la seguridad jurídica en la administración pública, promoviendo la equidad y la transparencia en el reconocimiento de los derechos laborales de los soldados profesionales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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