Consejo de Estado confirma negativa a decreto de prueba documental en caso contra la DIAN
Proviene de: Sentencias
9 de julio de 2025 16:14:28
Antecedentes del caso
Una sociedad demandante interpuso una acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra una liquidación oficial emitida por la DIAN. Entre las pruebas solicitadas, se pidió que se oficie a la DIAN para que informe si había practicado requerimientos especiales respecto del IVA a varias compañías durante los años 2019 o 2020, relacionados con la exclusión del impuesto en la venta de computadores personales cuyo valor superaba 50 UVT.
La DIAN se opuso al decreto de prueba argumentando que dicha información es reservada según el Estatuto Tributario y que la prueba no era pertinente para el proceso. El Tribunal Administrativo negó la solicitud, señalando que la demandante podía haber obtenido la información mediante derecho de petición y no acreditó imposibilidad para hacerlo.
Análisis jurídico
El Consejo de Estado revisó el recurso de apelación y concluyó que la prueba documental solicitada corresponde a información tributaria de terceros, la cual tiene carácter reservado conforme a los artículos 583 y 693 del Estatuto Tributario. Por tanto, no era posible que la parte demandante la obtuviera mediante derecho de petición, lo que hace inaplicable la razón del Tribunal para negar la prueba.
Sin embargo, el Consejo encontró que la petición no cumple con los requisitos de pertinencia, conducencia y utilidad establecidos en el Código General del Proceso. La prueba solicitada no tiene relación directa con los problemas jurídicos centrales del proceso, que se enfocan en la legalidad de la liquidación oficial y la interpretación del artículo 424 del Estatuto Tributario, y no en demostrar procedimientos administrativos contra otras empresas.
Decisión final
Por estas razones, el Consejo de Estado confirmó la decisión del Tribunal Administrativo de negar el decreto de prueba. La providencia fue confirmada para mantener el enfoque en los hechos y pruebas directamente vinculados con el objeto del proceso. Finalmente, el expediente fue devuelto al tribunal de origen para continuar con el trámite correspondiente.
Esta resolución reafirma la importancia de que las pruebas judiciales sean pertinentes y útiles para el esclarecimiento de los hechos controvertidos, evitando solicitudes que impliquen cargas procesales imposibles de cumplir o que no contribuyan directamente al caso. Así, se garantiza un proceso judicial eficiente y respetuoso de la confidencialidad tributaria, protegiendo los derechos de las partes involucradas y el interés público.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.