Consejo de Estado niega aclaración a empresa de acueducto sobre sentencia ambiental en Girardot
Consejo de Estado niega aclaración a empresa de acueducto sobre sentencia ambiental en Girardot
Proviene de: Sentencias
9 de julio de 2025 16:14:42
Antecedentes del caso
Dos ciudadanos presentaron una demanda en contra de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), el municipio de Girardot, una empresa de acueducto local, otra empresa de acueducto y alcantarillado, y un condominio campestre. La demanda se fundamentó en la presunta vulneración de derechos colectivos relacionados con el goce de un ambiente sano y un espacio público libre de contaminación. Se solicitó que las entidades demandadas fueran declaradas responsables por acción u omisión, y se ordenara la restitución de los derechos afectados, la realización de estudios ambientales para construir obras de tratamiento de aguas residuales, así como la vigilancia del cumplimiento de estas obligaciones.
Sentencia inicial y recursos
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sentencia de marzo de 2024, protegió los derechos colectivos y ordenó a las entidades involucradas adelantar las acciones necesarias para cumplir con el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV) vigente en Girardot. Además, se ordenó evitar la concesión de nuevas prórrogas para el cumplimiento del plan, y se instó a que el condominio solicitara el permiso ambiental correspondiente para el vertimiento de aguas residuales. Las entidades demandadas interpusieron recursos de alzada contra esta decisión.
Decisión del Consejo de Estado
En sentencia de abril de 2025, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado modificó parcialmente la sentencia, precisando los plazos y las obligaciones para la realización de estudios y la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales. Se ordenó a la CAR iniciar procedimientos sancionatorios en caso de vertimientos sin permiso y se estableció la suspensión de vertimientos si no se concede la autorización ambiental en el plazo estipulado.
Solicitud de aclaración y respuesta
Una de las empresas de servicios públicos solicitó aclaración sobre ciertos apartes de la sentencia, argumentando que existían contradicciones respecto al cronograma del PSMV y el inicio de procedimientos sancionatorios. La Sala concluyó que la solicitud no cumplía con los requisitos legales para aclarar la sentencia, ya que no se identificaron conceptos oscuros o ambiguos en la parte resolutiva que justificaran la aclaración. En cambio, la petición pretendía reabrir el debate sobre aspectos ya decididos.
Conclusión
El Consejo de Estado negó la solicitud de aclaración, reafirmando la validez y claridad de las órdenes impartidas en la sentencia. Se mantiene la obligación de las entidades involucradas de cumplir con el PSMV y las disposiciones ambientales para proteger los derechos colectivos al ambiente sano y al uso adecuado del espacio público en el municipio de Girardot. De esta manera, se busca garantizar la preservación del medio ambiente y el bienestar de la comunidad local, estableciendo un precedente importante en la defensa de los derechos ambientales en la región.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.