Consejo de Estado niega aclaración y corrección sobre legitimación en mandamiento de pago contra Distrito Capital
Proviene de: Sentencias
9 de julio de 2025 16:17:26
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección B, atendió una solicitud para aclarar, corregir y adicionar un auto emitido en septiembre de 2024, en un proceso ejecutivo originado por un mandamiento de pago parcial contra el Distrito Capital. La demanda fue promovida contra la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia – Dirección Cárcel Distrital.
Antecedentes del caso
El proceso se inició con una demanda ejecutiva contra la entidad mencionada, basada en una sentencia previa de esta Corporación. En marzo de 2022, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca libró un mandamiento de pago parcial contra la Secretaría de Gobierno. Posteriormente, se solicitó la corrección del sujeto procesal demandado, argumentando que, tras un decreto distrital de 2016, la competencia había sido transferida a la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia. Esta solicitud inicial fue negada, y el recurso de apelación interpuesto fue declarado improcedente en septiembre de 2024, pues no era el mecanismo adecuado para discutir la legitimación en la causa por pasiva.
Solicitud de aclaración, corrección y adición
En febrero de 2025, el apoderado de la parte ejecutante pidió que se aclarara y corrigiera el auto para incluir la sucesión procesal entre la Secretaría de Gobierno y la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, basándose en el artículo 133 del Código General del Proceso. La solicitud argumentaba que desde octubre de 2016 la única entidad legitimada para actuar en estos procesos era la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia.
Análisis jurídico
El despacho competente recordó que, conforme a los artículos 285 a 287 del Código General del Proceso, la aclaración, corrección y adición de providencias solo son procedentes para subsanar dudas, errores aritméticos, omisiones o para completar aspectos omitidos que debieran haberse resuelto en la providencia original. Estas herramientas no permiten modificar el fondo de la decisión ni reabrir debates ya cerrados.
En este caso, la solicitud presentada no buscaba aclarar ni corregir un error o completar un punto omitido, sino que pretendía reabrir la discusión sobre la legitimación en la causa por pasiva, asunto que ya fue resuelto y declarado improcedente en el recurso de apelación.
Decisión final
Por estas razones, el Consejo de Estado negó la solicitud de aclaración, corrección y adición del auto de septiembre de 2024. Se ordenó además dar cumplimiento a la providencia original en lo que corresponde.
Esta decisión reafirma la importancia de respetar los mecanismos procesales adecuados para discutir la legitimación y evitar dilaciones indebidas en la ejecución de sentencias judiciales contra entidades públicas.
Términos clave: mandamiento de pago, legitimación en la causa por pasiva, aclaración y corrección de providencias, Consejo de Estado, Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, Código General del Proceso.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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