Corte Constitucional anuncia decisión sobre constitucionalidad parcial del Decreto Legislativo 106 de 2025 en el sector agropecuario
Corte Constitucional anuncia decisión sobre constitucionalidad parcial del Decreto Legislativo 106 de 2025 en el sector agropecuario
Proviene de: Comunicados de Prensa
10 de julio de 2025 10:14:29
La Corte Constitucional emitió el 11 y 12 de junio de 2025 el Comunicado de Prensa No. 26, informando la decisión sobre la constitucionalidad parcial del Decreto Legislativo 106 del 29 de enero de 2025, que adopta medidas para garantizar medios de vida y producción de alimentos con financiamiento, crédito y alivio de pasivos en el sector agropecuario, en el marco del Estado de Conmoción Interior declarado para varias regiones del país.
Decisión de la Corte sobre los artículos del decreto
La Sala Plena de la Corte, en ejercicio del control automático e integral, declaró exequibles parcialmente los artículos 1, 2, 4, 5 (en parte) y 7 de dicho decreto, mientras que declaró inexequibles por inconstitucionalidad el artículo 6, el artículo 3 y el parágrafo segundo del artículo 5. La decisión busca mitigar los efectos del desplazamiento y desarraigo derivados del conflicto armado y facilitar la estabilización y generación de ingresos de campesinos y productores agropecuarios afectados en las zonas de Catatumbo, área metropolitana de Cúcuta y municipios del Cesar.
Medidas exequibles y fundamentos de la decisión
El comunicado destaca que las medidas exequibles incluyen la suspensión de procesos ejecutivos contra productores agropecuarios en la zona afectada, criterios de priorización para el acceso a financiamiento, y acuerdos de recuperación y pago de cartera con condonación parcial de intereses y quitas de capital. En contraste, las disposiciones relacionadas con la refinanciación y compra de cartera fueron consideradas innecesarias, pues el ordenamiento jurídico ordinario ya contempla mecanismos adecuados para tales efectos.
La Corte fundamentó su decisión en el cumplimiento de los requisitos formales y materiales establecidos en la Constitución y la Ley Estatutaria de Estados de Excepción, destacando la proporcionalidad, motivación suficiente y la ausencia de afectación a derechos fundamentales. Asimismo, se resolvió que las medidas tendrán efectos hacia el futuro.
Votos concurrentes y próximos pasos
Finalmente, el comunicado señala que hubo votos concurrentes y salvamentos de voto, reflejando posiciones diversas sobre la amplitud del control respecto a la conexidad de las medidas con la situación de orden público que motivó el estado de conmoción interior. La sentencia completa estará disponible el 7 de julio de 2025, momento en el cual se conocerán en detalle los argumentos y fundamentos jurídicos que sustentan la decisión adoptada por la Corte Constitucional.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.