Nuevo decreto modifica procedimiento para constitución y saneamiento de resguardos indígenas
Proviene de: Proyectos de decreto
11 de julio de 2025 15:23:9
El decreto establece cambios importantes en el procedimiento para la constitución, reestructuración, ampliación y saneamiento de los resguardos indígenas en Colombia. Esta actualización sustituye el capítulo 3 del título 7 de la parte 14 del libro 2 del Decreto 1071 de 2015, que regula estos procesos en el sector agropecuario y rural.
Aspectos clave del nuevo procedimiento
El trámite puede iniciarse de oficio por la autoridad de tierras, o a solicitud del Ministerio del Interior, otras entidades públicas, o de la comunidad indígena a través de sus cabildos o autoridades tradicionales. La solicitud debe incluir información básica como ubicación, vías de acceso, número de familias, croquis del área y un domicilio para notificaciones.
El decreto introduce mecanismos para conformar expedientes que recopilen toda la información relevante, incluyendo documentos, actuaciones administrativas y comunicaciones, facilitando la coordinación entre entidades y la utilización eficiente de pruebas obtenidas en otros procesos relacionados.
Se regula la realización de visitas a las comunidades e inspección de áreas cuando la información secundaria sea insuficiente, con participación de la autoridad ambiental para certificar el cumplimiento de la función ecológica de la propiedad. También se establecen medidas para la publicación y notificación de las pretensiones territoriales, garantizando transparencia y la participación de terceros interesados.
Reconocimiento y formalización de tierras
El acto administrativo que concluya el procedimiento constituirá, reestructurará o ampliará el resguardo indígena, constituyendo título traslaticio de dominio cuando se adquieran tierras de propiedad privada. Este acto se publicará en el Diario Oficial y se inscribirá en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente.
Se regula además el procedimiento para la conversión de reservas indígenas en resguardos, y se establece un mecanismo para la compra directa voluntaria de predios privados involucrados en estas pretensiones territoriales.
Función social y ecológica de la propiedad
El decreto contempla el seguimiento y evaluación del cumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad sobre los terrenos formalizados. En caso de incumplimiento atribuible a la comunidad, se suspenden los trámites hasta concertar medidas correctivas. Si la causa es externa o por fuerza mayor, se promueven acciones conjuntas para solucionar la situación sin detener el procedimiento.
Entrada en vigor
La norma rige desde su publicación y busca dar cumplimiento a compromisos constitucionales, convencionales y judiciales que reconocen y protegen los derechos territoriales de los pueblos indígenas, contribuyendo a su autonomía y desarrollo integral.
Este decreto representa un avance en la simplificación y adecuación del marco normativo para garantizar el acceso y protección efectiva de los territorios colectivos indígenas en Colombia, fortaleciendo el respeto por la diversidad cultural y promoviendo el desarrollo sostenible de estas comunidades. Con esta medida, el gobierno reafirma su compromiso con la justicia social y la protección de los derechos ancestrales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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