Nuevo Decreto para la Dotación de Tierras a Víctimas y Sujetos de Ordenamiento Social en Colombia
Proviene de: Decretos
14 de julio de 2025 21:12:53
Contexto y Propósito del Decreto
El pasado 9 de julio de 2025, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió el Decreto 0797, publicado en el Diario Oficial No. 53.177. Este decreto adiciona y modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, con el fin de crear un programa especial de dotación de tierras y otros mecanismos de entrega para víctimas del conflicto armado interno y sujetos vinculados a procesos de restitución de tierras en Colombia.
El propósito fundamental de esta norma es materializar el derecho constitucional a la restitución de tierras, especialmente para aquellas personas que, por haber sido desplazadas o despojadas, se encuentran en condiciones de vulnerabilidad socioeconómica. El decreto responde a mandatos constitucionales y legales que buscan promover la igualdad material, la reparación integral y la superación del estado de cosas inconstitucionales relacionados con el acceso a la tierra.
Medidas y Disposiciones Específicas
El decreto establece un programa especial que comprende cuatro componentes principales:
1. Dotación de Tierras: Se entregarán predios rurales a víctimas y otros sujetos de ordenamiento social de la propiedad rural, inscritos en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente, que estén en proceso de restitución o formalización y que no posean sentencia favorable ni ocupación efectiva sobre el predio solicitado.
2. Entrega Provisional de Inmuebles: Se dispondrá de bienes inmuebles en administración provisional a favor de los beneficiarios, con el objetivo de garantizar su mínimo vital y condiciones dignas mientras se resuelven judicialmente sus procesos.
3. Subsidio Integral de Acceso a Tierras (SIAT): Se otorgarán aportes estatales no reembolsables para cubrir el valor de la tierra y los requerimientos financieros para el establecimiento de proyectos productivos.
4. Crédito Especial de Tierras: Los beneficiarios sin tierra o con tierra insuficiente podrán acceder a líneas de crédito con tasa subsidiada y mecanismos de aseguramiento definidos por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario.
Además, la norma regula la adquisición directa de predios por parte de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), la caracterización socioeconómica de posibles beneficiarios, y el proceso de adjudicación definitiva de los inmuebles. También incorpora mecanismos de intercambio de información entre la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas (UAEGRTD) y la ANT para agilizar la atención.
Ámbito de Aplicación y Beneficiarios
El decreto tiene aplicación nacional y está dirigido principalmente a:
- Víctimas solicitantes de restitución de tierras reconocidas conforme a la Ley 1448 de 2011, inscritas en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente, que no cuenten con sentencia favorable ni posesión del predio solicitado.
- Terceros intervinientes en procesos de restitución que sean sujetos de ordenamiento social de la propiedad rural, caracterizados como población vulnerable o con dependencia socioeconómica respecto al predio, siempre que no tengan relación directa o indirecta con el despojo o abandono forzado.
Este grupo incluye a minifundistas, mujeres campesinas cabeza de hogar, comunidades indígenas y otros sujetos priorizados por la política pública de reforma agraria y restitución.
Excepciones y Consideraciones
El decreto contempla que la entrega provisional de inmuebles podrá ser asumida inicialmente por el Fondo de la UAEGRTD y, en casos excepcionales, por el Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral bajo la administración de la ANT. También establece que los beneficiarios solo podrán acceder una vez a este programa especial, sin posibilidad de acceder a otros mecanismos de entrega de tierras para sujetos de ordenamiento social.
Además, se prevé que, en caso de sentencia desfavorable en procesos judiciales, la ANT continuará con los trámites administrativos correspondientes para la entrega definitiva del bien, siempre y cuando se cumplan los requisitos de sujeto de ordenamiento social.
Llamado a la Ciudadanía y Entidades Públicas
El decreto hace un llamado a las entidades públicas del sector agrícola y de desarrollo rural para que colaboren en la transferencia y administración de bienes inmuebles no esenciales que puedan ser utilizados en este programa. Se insta a la articulación interinstitucional para garantizar la efectiva implementación y sostenibilidad de las medidas.
Asimismo, se exhorta a los potenciales beneficiarios a participar activamente, manifestando su consentimiento para la entrega provisional o definitiva de los predios, sin que ello implique renuncia a sus derechos fundamentales.
Base Legal y Vigencia
La expedición del decreto se fundamenta en diversas normas y principios constitucionales, entre las que destacan el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, las Leyes 160 de 1994 y 1448 de 2011, el Decreto Ley 902 de 2017 y la jurisprudencia constitucional que reconoce la restitución de tierras como un derecho fundamental.
El decreto entra en vigencia a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, asegurando así la actualización normativa en materia de acceso a tierras para las víctimas y sujetos de ordenamiento social.
Implicaciones para la Ciudadanía y las Entidades
Esta norma representa un avance significativo en la política pública de restitución y reforma agraria en Colombia. Para las víctimas del conflicto armado y otros sujetos vulnerables, significa una oportunidad tangible para acceder a la tierra, un recurso fundamental para su sustento, dignidad y desarrollo integral.
Para las entidades públicas involucradas, implica un compromiso de coordinación, eficiencia y transparencia en la gestión de predios y recursos destinados a la reparación integral. Además, establece un marco claro para la participación judicial y administrativa, fortaleciendo la seguridad jurídica y el respeto a los derechos fundamentales.
En conclusión, el Decreto 0797 de 2025 refuerza el compromiso estatal con la reparación social y la justicia agraria, promoviendo la equidad y el acceso efectivo a la tierra como eje central para la construcción de paz y desarrollo rural sostenible en Colombia. Este avance normativo contribuye a consolidar una política de tierras inclusiva, que reconoce la importancia de la tierra como elemento esencial para la reconciliación y el bienestar de las comunidades afectadas por el conflicto armado.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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