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Directiva de la Fiscalía General sobre suspensión temporal de órdenes de captura en procesos de paz

Proviene de: Directivas

14 de julio de 2025 20:6:43

Contexto y alcance de la directiva

La Directiva 0003 de 2025, emitida por la Fiscalía General de la Nación el 10 de julio de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.179 el 12 de julio, establece lineamientos sobre la suspensión temporal de órdenes de captura contra integrantes de grupos armados organizados al margen de la ley que participan en procesos de paz o acercamientos con el Gobierno nacional. Este instrumento jurídico responde al mandato constitucional y legal que confiere a la Fiscalía la función de dirigir, coordinar y controlar la investigación y acusación penal, en cumplimiento del Decreto Ley 016 de 2014. La directiva está dirigida principalmente a los fiscales que deben aplicar estas suspensiones en ejercicio de su autonomía, con el fin de facilitar procesos de diálogo y negociación entre el Estado y grupos armados ilegales.

Objetivo y fundamento legal

El propósito de esta directiva es establecer un marco operativo para la suspensión temporal de órdenes de captura emitidas contra miembros representantes designados por la Presidencia de la República en procesos de paz, acercamientos o sometimientos a la justicia. La medida busca crear condiciones favorables para el desarrollo de negociaciones, promoviendo la paz y el tránsito hacia el Estado de derecho. La base legal se encuentra en la Constitución Política, en el artículo 189.4 que atribuye al Presidente la función de conservar y recuperar el orden público, y en la Ley 2272 de 2022, que regula la política pública de paz y contempla dos modalidades de suspensión de órdenes de captura en el artículo 5°. Además, la...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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