Resolución conjunta de los Ministerios de Hacienda y de Minas y Energía fija precios de referencia para combustibles en Nariño
Resolución conjunta de los Ministerios de Hacienda y de Minas y Energía fija precios de referencia para combustibles en Nariño
Proviene de: Resoluciones
14 de julio de 2025 20:8:27
Contexto y entidades emisoras
La Resolución 40312 de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.178 el 11 de julio de 2025, fue expedida de manera conjunta por los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía. Este acto administrativo se enmarca dentro de las facultades legales que tienen ambas entidades para regular aspectos relacionados con el mercado de combustibles en Colombia, especialmente en zonas de frontera.
Objeto y ámbito de aplicación
El principal objetivo de la resolución es fijar el precio máximo de referencia para la venta al público de dos tipos de combustibles: la gasolina motor corriente oxigenada y el ACPM mezclado con biocombustible para uso en motores diésel. La regulación aplica específicamente a los municipios del departamento de Nariño, región declarada zona de frontera, donde existen condiciones especiales que justifican un régimen tarifario diferenciado.
Este instrumento normativo se dirige a los distribuidores y comercializadores de combustibles líquidos derivados del petróleo en esa zona, así como a las autoridades municipales encargadas de supervisar la prestación del servicio público de distribución de combustibles. La importancia del destinatario radica en garantizar que los precios se mantengan dentro de límites razonables para proteger tanto a los consumidores como a los agentes del mercado, fomentando el desarrollo económico local y la estabilidad del abastecimiento.
Marco normativo y fundamentos legales
La resolución se fundamenta en diversas normas que confieren al Gobierno la facultad para intervenir en la fijación de precios y condiciones de distribución de combustibles, entre ellas:
- La Ley 26 de 1989, que permite al Gobierno regular horarios, precios y márgenes en la distribución de combustibles.
- La Ley 1430 de 2010, que autoriza al Ministerio de Minas y Energía a establecer esquemas regulatorios en zonas de frontera.
- La Ley 1955 de 2019 y su modificación por la Ley 2294 de 2023, que delegan en los Ministerios de Hacienda y de Minas y Energía la metodología para calcular los ingresos al productor y los márgenes en la cadena de combustibles.
- La Ley 2135 de 2021, que establece el régimen de precios para volúmenes de combustibles con beneficios económicos y tributarios en zonas de frontera.
Además, la resolución se apoya en disposiciones previas, como la Resolución 40827 de 2018, que estableció la estructura general para la fijación de precios en Nariño, y resoluciones recientes que actualizaron los ingresos al productor para combustibles fósiles y biocombustibles.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución establece los siguientes precios máximos de referencia para venta al público en el municipio de Pasto, capital de Nariño:
- Gasolina motor corriente oxigenada: catorce mil cincuenta pesos ($14.050) por galón.
- ACPM mezclado con biocombustible para motores diésel: nueve mil novecientos treinta y ocho pesos ($9.938) por galón.
Estos precios aplican al volumen máximo de combustible que goza de beneficios tributarios asignados a este municipio. Se prevé la posibilidad de reajustes en caso de modificaciones en el porcentaje de mezcla con biocombustibles o ante contingencias que afecten la cadena de suministro, como la aparición de fuentes alternativas de abastecimiento o eventos que comprometan la continuidad del servicio.
Para los demás municipios del departamento, los precios máximos deberán considerar aspectos como los costos de transporte desde la planta mayorista hasta las estaciones de servicio, conforme a las disposiciones municipales y la normativa vigente, garantizando que se respeten los beneficios tributarios aplicables.
Impacto y relevancia de la resolución
Esta regulación es especialmente relevante debido a que Nariño es una zona de frontera que enfrenta desafíos particulares en materia de abastecimiento y precios de combustibles. Al establecer precios de referencia claros y ajustados a la realidad local, se contribuye a evitar distorsiones en el mercado, prácticas especulativas y posibles desabastecimientos.
Además, la resolución fortalece el marco normativo para la distribución de combustibles con beneficios tributarios en zonas estratégicas, alineándose con las políticas públicas orientadas a promover el desarrollo económico y social de estas regiones.
Vigencia y derogaciones
La Resolución 40312 de 2025 entró en vigencia el 12 de julio de 2025, y derogó expresamente la Resolución 40267 del 11 de junio de 2025, así como todas las disposiciones que le fueran contrarias. Su publicación en el Diario Oficial garantiza la transparencia y permite que los actores del sector y la ciudadanía conozcan las nuevas condiciones establecidas.
Conclusión
La fijación de precios de referencia para la gasolina motor corriente oxigenada y el ACPM mezclado con biocombustible en Nariño representa una medida clave para mantener la estabilidad y equidad en el mercado de combustibles en esta zona de frontera. Los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, mediante esta resolución, buscan equilibrar los intereses de consumidores y distribuidores, garantizando un suministro eficiente y precios justos, en cumplimiento del marco normativo vigente y atendiendo las particularidades regionales.
Para consultar la resolución completa, se recomienda revisar el Diario Oficial No. 53.178 del 11 de julio de 2025.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.