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Consejo de Estado declara improcedente acción popular por controversia en titularidad de bienes de uso público en Bogotá

Proviene de: Sentencias

15 de julio de 2025 2:46:35

Antecedentes y contexto del caso

El proceso se originó por una demanda presentada en ejercicio de la acción popular, dirigida contra varias entidades públicas distritales y una sociedad propietaria de un predio, con el fin de proteger un área catalogada como “zona de reserva” dentro de la urbanización Castilla, en Kennedy. El actor pretendía que se reconociera dicha área como espacio público y se cancelaran las inscripciones registrales que la identificaban como propiedad privada. La controversia gira en torno a las inconsistencias en la certificación catastral y registral del predio denominado “La Gloria”, cuya extensión y linderos varían en diferentes documentos oficiales, generando una superposición entre bienes de uso público y propiedades privadas.

Decisión del Consejo de Estado

La Sala concluyó que la acción popular no es el mecanismo jurídico adecuado para dirimir disputas sobre la titularidad de bienes destinados al uso público cuando existe incertidumbre sobre su naturaleza jurídica. Para declarar la vulneración de derechos colectivos como el goce del espacio público, es indispensable que la titularidad del bien sea clara y no controvertida. Se destacó que la controversia sobre la certificación de cabida y linderos está siendo objeto de un proceso separado de nulidad ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por lo que la acción popular no puede sustituir ni intervenir en esa discusión. En consecuencia, el Consejo de Estado revocó la sentencia de primera instancia que había declarado la vulneración del derecho colectivo y ordenó declarar improcedente la acción popular.

Implicaciones y próximos pasos

La decisión implica que las autoridades distritales y demás entidades involucradas deberán continuar...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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