Antecedentes del caso y medidas previas
En ejercicio de la acción popular, se presentó demanda buscando la protección de derechos colectivos relacionados con el ambiente sano, salubridad pública y ordenamiento territorial en la cuenca del río Bogotá. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con base en informes técnicos, decretó medidas cautelares de urgencia en 2020 y 2023, ordenando a la autoridad ambiental regional (CAR) y a los municipios suspender la aprobación de planes parciales y ajustes a los POT que no cumplieran con las determinantes ambientales establecidas en el POMCA y la normativa vigente. Estas medidas buscaban evitar daños graves e inminentes al ecosistema y garantizar el cumplimiento de la sentencia de 2014 del Consejo de Estado. Controversias sobre la zonificación ambiental y competencias
Se cuestionó si el POMCA incluía adecuadamente los suelos clasificados como de categoría agropecuaria intensiva y semintensiva, y si la autoridad ambiental había incluido estas categorías en la zonificación ambiental. También se discutió la competencia de la CAR para pronunciarse sobre determinantes urbanísticas como la clasificación del suelo, que corresponde a los municipios y otras entidades del orden nacional. Decisión del Consejo de Estado
Tras analizar los documentos técnicos del POMCA, la Sala concluyó que sí se incluyen los suelos agropecuarios intensivos y semintensivos en la zonificación ambiental, con orientaciones técnicas para su manejo sostenible. Por tanto, la medida cautelar que ordenaba a la autoridad ambiental incluir estas categorías resultó improcedente. Además, la Sala consideró que la adopción de medidas cautelares generales que ordenen a todos los municipios y concejos suspender o modificar sus instrumentos de ordenamiento...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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