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Consejo de Estado revoca rechazo de demanda contra liquidación de Coomeva EPS

Proviene de: Sentencias

14 de julio de 2025 14:12:17

Contexto del caso y decisiones previas

La Unión Temporal Red Cali Medicip promovió un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra las resoluciones que calificaron y graduaron una acreencia presentada en el proceso de liquidación de Coomeva EPS S.A. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmitió la demanda por considerar que la parte actora no designó correctamente a las partes demandadas. Se señaló que la Superintendencia Nacional de Salud no podía ser tenida como parte demandada y que Coomeva EPS S.A., al haber sido liquidada y extinguirse su personería jurídica, no tenía capacidad para comparecer en el proceso. Además, se indicó que la mandataria de la EPS liquidada no podía asumir responsabilidad en dichos actos administrativos.

Apelación y fundamentos de la sala

Contra esta decisión, la parte actora interpuso recurso de apelación, argumentando que sí había cumplido con la carga de designar adecuadamente a la parte demandada, incluyendo a la Superintendencia Nacional de Salud y a la representante mandataria de Coomeva EPS. También sostuvo que la admisibilidad de la demanda no es el momento para estudiar la legitimación en la causa por pasiva. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado recordó su jurisprudencia reiterada que reconoce la capacidad de la Superintendencia Nacional de Salud para comparecer en procesos que cuestionan actos administrativos relacionados con la liquidación forzosa de entidades de salud. Asimismo, señaló que la mandataria designada por Coomeva EPS puede ser llamada al proceso como representante legítima para administrar los bienes y atender el pago a acreedores.

Conclusión y orden de...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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