Consejo de Estado ordena reliquidación de aportes al sistema de seguridad social por error en determinación del ingreso base de cotización
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 1:57:1
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en sesión del 3 de julio de 2025, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) contra una sentencia del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca. Esta última había declarado la nulidad parcial de dos resoluciones que liquidaban aportes y sanciones por el periodo de enero a diciembre de 2017 para un trabajador independiente.
Antecedentes y pretensiones
La UGPP profirió una liquidación oficial por omisión e inexactitud en autoliquidaciones y pagos al sistema de seguridad social, sancionando al trabajador independiente. La apelante cuestionaba la decisión que ordenó reliquidar los aportes tomando como base solo una parte de los ingresos y costos reportados, argumentando que debía aplicarse un esquema de presunción de costos ante la falta de pruebas de gastos deducibles.
Por su parte, la sentencia de primera instancia había considerado que para determinar el ingreso base de cotización (IBC) debían tomarse los ingresos reportados en la declaración de renta, restando los costos y gastos también declarados. Esto en aplicación del principio de presunción de veracidad de la declaración tributaria.
Decisión de la Sala y fundamentos
El Consejo de Estado confirmó la nulidad parcial de las resoluciones administrativas, pero modificó la orden de reliquidación del IBC. Se dispuso que la UGPP debe tomar la totalidad de los ingresos y costos reportados en la corrección de la declaración de renta del año 2017, por un monto total de ingresos de $671.906.000 y costos de $650.010.000. Esto genera un ingreso líquido anual de $21.896.000,...
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