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Tribunal Superior de Bogotá niega nulidad en recurso de revisión por omisión probatoria y alegatos de conclusión

Proviene de: Sentencias

15 de julio de 2025 11:43:32

Contexto y naturaleza de la decisión

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en segunda instancia y por medio de un auto, resolvió una solicitud de nulidad en el marco de un recurso de revisión. La parte recurrente solicitó la nulidad de la actuación judicial a partir de una sentencia emitida el 7 de mayo de 2025, argumentando que se vulneraron etapas procesales esenciales, como la práctica de pruebas y la oportunidad para presentar alegatos de conclusión.

Antecedentes fácticos y procesales

La solicitud de nulidad se basó en las causales quinta y sexta del artículo 133 del Código General del Proceso (CGP), que contemplan la nulidad cuando se omite la práctica de pruebas obligatorias o se priva a las partes de la oportunidad de alegar o sustentar recursos. En este caso particular, la demandante alegó que no se le permitió presentar alegatos de conclusión ni se llevó a cabo el interrogatorio de parte solicitado, lo que consideró una preterición de la etapa probatoria. Por su parte, la contraparte expresó que el traslado del escrito de nulidad se realizó correctamente a través de medios electrónicos, conforme al artículo 9 de la Ley 2213 de 2022, lo que garantizó el derecho a la defensa.

Consideraciones jurídicas del Tribunal

El Tribunal analizó inicialmente el marco normativo aplicable. El artículo 358, inciso 7º, del CGP establece que, en recursos de revisión, tras el traslado a los demandados, se deben decretar pruebas, fijar audiencia para practicarlas, oír alegatos y proferir sentencia. Sin embargo, el artículo 278 del mismo cuerpo normativo permite dictar sentencia anticipada...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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