Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en segunda instancia, profirió un auto mediante el cual declaró improcedente una acción de tutela presentada por un privado de la libertad contra el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá y la Cárcel La Modelo. La acción pretendía proteger los derechos fundamentales al debido proceso y al habeas data, argumentando la omisión de respuesta frente a una solicitud de libertad condicional. Antecedentes fácticos y procesales
El accionante solicitó el 9 de abril de 2025 al Juzgado Primero de Ejecución de Penas que oficie a la Cárcel La Modelo para que remitiera la cartilla biográfica actualizada, los certificados de cómputos y un concepto favorable sobre su conducta, elementos necesarios para acceder al beneficio del subrogado de la libertad condicional. Sin embargo, al momento de interponer la acción de tutela, no había recibido respuesta, lo que motivó la presentación del recurso constitucional para exigir la protección de sus derechos fundamentales. Durante el trámite, el juzgado informó que había solicitado la información requerida a la administración penitenciaria y que el 29 de mayo de 2025 recibió los documentos solicitados para evaluar la posibilidad de conceder la libertad condicional. Posteriormente, mediante auto fechado el 5 de junio de 2025, decidió conceder el beneficio solicitado, notificando al interno a través del Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá. Consideraciones del Tribunal
El Tribunal recordó que la acción de tutela tiene por finalidad...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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