Tribunal Superior de Bogotá confirma sentencia en proceso laboral contra empresa de telecomunicaciones
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 13:36:55
Providencia judicial en segunda instancia: análisis de un recurso de apelación laboral
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Sexta de Decisión Laboral, emitió un auto el 30 de abril de 2025, mediante el cual resolvió el recurso de apelación interpuesto en un proceso ordinario laboral que se adelanta contra dos empresas del sector de telecomunicaciones. La presente noticia hace un análisis objetivo y preciso de esta providencia, explicando sus antecedentes, consideraciones y alcance para un público amplio interesado en temas jurídicos laborales.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, vinculado mediante contrato a término fijo desde enero de 2017 con una empresa de servicios técnicos, reclamó el reconocimiento de un salario compuesto por asignación básica y comisiones por conexiones de servicios de telecomunicaciones. Además, solicitó reliquidación de prestaciones sociales, indemnizaciones derivadas de un accidente laboral sufrido en febrero de 2018, y sanciones por presuntas irregularidades en el pago de cesantías e intereses.
En primera instancia, el juzgado laboral negó las pretensiones argumentando que no se acreditó el monto real de las comisiones ni su habitualidad, y que el salario reconocido correspondía al mínimo legal. Se desestimaron también las sanciones y la solidaridad reclamada entre las empresas demandadas.
En el proceso, la empresa demandada negó la existencia de una relación laboral directa con el demandante y afirmó que el contrato laboral se limitó a la empresa vinculada técnicamente, con la cual existía autonomía en la contratación y supervisión. Además, sostuvo que el pago efectuado incluía todos los rubros legales y que el demandante no tenía derecho a horas extras ni recargos nocturnos.
Las aseguradoras vinculadas en garantía también se opusieron a las demandas, alegando falta de pruebas sobre la existencia de obligaciones incumplidas que comprometieran su responsabilidad.
Consideraciones jurídicas del Tribunal Superior
El Tribunal Superior se limitó al estudio exclusivo de la materia objeto del recurso de apelación, que consistía en determinar si era procedente ordenar el reajuste salarial solicitado.
El análisis se centró en el concepto de salario conforme al artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo, que incluye no solo la remuneración fija u ordinaria, sino también primas, bonificaciones habituales, comisiones y demás contraprestaciones directas del servicio, independientemente de su denominación.
La Sala recordó la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que enfatiza que corresponde al empleador la carga de la prueba para demostrar que ciertos pagos no constituyen salario sino auxilios o reembolsos para gastos relacionados con el trabajo.
En este caso, el Tribunal consideró que el auxilio conocido como “rodamiento” se pagaba para sufragar gastos de transporte relacionados con la motocicleta arrendada al empleador y no representaba un beneficio personal ni enriquecimiento patrimonial del trabajador, por lo que no debía incluirse en el salario.
Respecto a las comisiones por conexiones de servicios, la Sala destacó la ausencia de pruebas que demostraran su habitualidad, monto y reconocimiento efectivo. Aunque el demandante manifestó haberlas recibido, no presentó documentación suficiente ni se acreditó su pago regular. Por ello, no se pudo reconocer su carácter salarial.
Finalmente, se concluyó que el salario reconocido en el proceso correspondía al mínimo legal vigente y que no existían elementos probatorios suficientes para modificar esta liquidación ni acceder a los reajustes solicitados.
Decisión y costos procesales
Por estas razones, el Tribunal Superior confirmó la sentencia de primera instancia que negó el reajuste salarial y demás pretensiones del demandante.
El auto establece que las costas del proceso en segunda instancia corren por cuenta del demandante, incluyendo una suma equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente como agencias en derecho.
La providencia ordena la notificación de esta decisión mediante edicto, conforme a los artículos 40 y 41 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.
Conclusiones
Esta decisión reafirma criterios jurisprudenciales sobre la integración del salario laboral y la carga probatoria en procesos laborales que involucran reclamos de comisiones y prestaciones sociales. Subraya la importancia de acreditar de manera clara y suficiente los elementos que conforman la remuneración para efectos de su reconocimiento y liquidación justa.
El fallo también ilustra la complejidad de los procesos laborales en sectores donde existen contratos vinculados entre diferentes empresas y la necesidad de delimitar responsabilidades y relaciones laborales en función de la evidencia aportada.
En definitiva, esta providencia del Tribunal Superior de Bogotá contribuye a la consolidación de la doctrina laboral sobre salario, prestaciones y la correcta aplicación del derecho procesal en materia laboral, ofreciendo certeza y seguridad jurídica a empleadores y trabajadores por igual.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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