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Tribunal Superior de Bogotá confirma obligación de aseguradora de cubrir costos para dictamen de incapacidad en caso SOAT

Proviene de: Sentencias

15 de julio de 2025 13:48:39

Contexto y naturaleza de la decisión

La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. conoció en segunda instancia un recurso de impugnación interpuesto por una compañía de seguros contra la sentencia proferida por un Juzgado Penal del Circuito Especializado de la misma ciudad. La providencia adoptada el primero de abril de 2025 es una sentencia que confirma la decisión anterior que amparó la acción de tutela presentada por una víctima de accidente de tránsito.

Antecedentes fácticos y procesales

La accionante sufrió un accidente de tránsito en febrero de 2024, mientras se desplazaba como acompañante en una motocicleta asegurada mediante una póliza SOAT vigente. Tras el accidente, solicitó la valoración de pérdida de capacidad laboral (PCL) para acceder a la indemnización prevista en el SOAT por incapacidad permanente. La aseguradora tiene la obligación legal de realizar esta valoración inicialmente. En caso de que la víctima no esté afiliada a una Administradora de Riesgos Laborales (ARL), el dictamen debe ser emitido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Bogotá y Cundinamarca, cuyos honorarios deben ser asumidos por la aseguradora. La accionante, afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud en el régimen contributivo, alegó su incapacidad económica para cubrir los costos de la Junta Regional y solicitó a la compañía que asumiera dichos honorarios. La aseguradora negó esta obligación, argumentando que la víctima no demostró vulnerabilidad económica que justificara el pago por parte de la entidad. En primera instancia, el Juzgado Penal del Circuito Especializado admitió la acción de tutela y ordenó a la aseguradora...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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