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Tribunal Superior de Bogotá confirma tutela en favor de Colombian Green Energy S.A.S. frente a la DIAN por vulneración del derecho de petición

Proviene de: Sentencias

15 de julio de 2025 14:9:2

Competencia e instancia procesal

La providencia fue emitida por el Tribunal Superior de Bogotá, en calidad de segunda instancia, en Sala Penal, como superior funcional del despacho de primera instancia. La decisión corresponde a la confirmación de una sentencia proferida por el Juzgado 22 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, que inicialmente concedió la tutela solicitada por Colombian Green Energy S.A.S.

Antecedentes fácticos y procesales

En octubre de 2024, Colombian Green Energy S.A.S. presentó un derecho de petición ante la DIAN, solicitando la terminación de un proceso coactivo en su contra, el levantamiento de medidas cautelares sobre sus cuentas bancarias, el archivo definitivo de las diligencias y la comunicación correspondiente a las entidades financieras involucradas. Según la sociedad, esta petición no obtuvo respuesta en los términos legales, lo que motivó la interposición de la acción de tutela. El juzgado de primera instancia consideró que, aunque la DIAN indicó haber respondido a la solicitud en diciembre de 2024 mediante oficio y notificación digital certificada, no acreditó la entrega efectiva de dicha respuesta a la parte accionante. Por tanto, se concluyó que hubo vulneración del derecho fundamental de petición, lo que justificó la concesión del amparo y la orden de comunicar en debida forma la respuesta al correo electrónico señalado por la sociedad. En contra de esta decisión, la DIAN interpuso impugnación, argumentando que la respuesta fue notificada correctamente a la dirección electrónica registrada en el RUT de la sociedad, y que la persona que presentó la petición no acreditó poder para representar a la empresa en sede administrativa....

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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