Tribunal Superior de Bogotá concede tutela para garantizar el debido proceso en proceso penal con imputada en el extranjero
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:12:26
Providencia judicial en tutela por tutela al debido proceso en caso penal con imputada en el exterior
La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en primera instancia, emitió un auto judicial en respuesta a una acción de tutela en la cual se alegaba la vulneración del derecho constitucional fundamental al debido proceso. La tutela fue presentada por una víctima en un proceso penal, quien solicitó medidas para garantizar la celeridad y la correcta tramitación del caso, en el que la imputada se encuentra privada de la libertad en un país extranjero.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela surgió en el marco de un proceso penal por delitos que incluyen fraude procesal, obtención de documento público falso y estafa agravada. La víctima del proceso solicitó al juez encargado que se dieran respuestas a sus peticiones relacionadas con la demora en la realización de audiencias y la participación de la imputada, quien se encuentra detenida en Moscú, Rusia.
En el desarrollo del proceso, el juez del caso ha realizado gestiones con el Ministerio de Justicia y del Derecho y el Ministerio de Relaciones Exteriores para facilitar la comparecencia virtual de la imputada, conforme al Tratado entre Colombia y Rusia sobre Asistencia Legal Recíproca en Materia Penal, aprobado por la Ley 1596 de 2012. Sin embargo, se constató que estas solicitudes presentaban defectos que impedían su trámite efectivo y que no se habían subsanado oportunamente.
La víctima reiteró en varias ocasiones la necesidad de que se reprogramara la audiencia de formulación de acusación, que se exhortara a la defensa para que realizara las gestiones necesarias para la comparecencia de la imputada o, en su defecto, se solicitara la renuncia expresa del derecho a estar presente, y que se permitiera avanzar con las audiencias sin más dilaciones.
Consideraciones jurídicas de la Sala Penal
La Sala recordó que la acción de tutela, prevista en el artículo 86 de la Constitución Política, es un mecanismo de protección inmediata de derechos fundamentales cuando no existen otros medios judiciales idóneos para su defensa, o cuando se busca evitar un perjuicio irremediable.
El derecho fundamental en cuestión es el debido proceso, consagrado en el artículo 29 constitucional, que garantiza la defensa y participación adecuada en todas las etapas del proceso penal.
Respecto a algunas peticiones de la víctima, la Sala señaló que ya habían sido parcialmente satisfechas, por lo que tales aspectos quedaron sin materia para decidir en esta tutela, según la jurisprudencia constitucional que establece la improcedencia de la acción cuando cesan las circunstancias que dieron origen a la solicitud.
No obstante, en relación con la dilación en la tramitación del proceso y la falta de diligencia del juez para subsanar los defectos en la solicitud de asistencia legal internacional, la Sala encontró que sí existió vulneración del derecho al debido proceso. Se determinó que el juez no cumplió con los términos legales ni con las indicaciones del Ministerio de Justicia y del Derecho para que la imputada pudiera participar virtualmente en la audiencia.
Por ello, el Tribunal concedió la tutela para proteger el derecho fundamental al debido proceso en favor de la víctima, ordenando al juez que en un plazo máximo de 48 horas subsane los defectos en la solicitud de asistencia legal, conforme a los requisitos de la Ley 1596 de 2012 y las directrices del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Además, se le ordenó informar sobre el cumplimiento de estas instrucciones. La Sala negó la tutela frente al Ministerio de Justicia y del Derecho, al no estar probado que esta entidad haya vulnerado derecho alguno.
Finalmente, se estableció que, si la sentencia no es impugnada, el expediente será remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Implicaciones de la decisión
Esta providencia reafirma la importancia de garantizar el debido proceso, incluso en casos complejos que involucran la participación de personas privadas de la libertad en el extranjero. Destaca la necesidad de que los operadores judiciales actúen con diligencia y apego a los procedimientos legales internacionales para evitar dilaciones injustificadas que puedan afectar derechos fundamentales.
Asimismo, pone de manifiesto el papel de la acción de tutela como un instrumento eficaz para proteger derechos cuando otros mecanismos judiciales no resultan suficientes o inmediatos, especialmente en procesos penales que demandan protección urgente.
La decisión también resalta la coordinación necesaria entre las autoridades judiciales nacionales y los organismos encargados de la cooperación internacional para garantizar la efectividad de los procesos penales y el respeto a los derechos constitucionales.
Esta resolución representa un ejemplo claro de cómo los tribunales superiores pueden intervenir para ordenar medidas concretas que aseguren el acceso a la justicia y la tutela efectiva del derecho al debido proceso en circunstancias excepcionales, promoviendo así la confianza en el sistema judicial y la protección de los derechos fundamentales de todas las partes involucradas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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