Tribunal Superior de Bogotá anula fallo y ordena vinculación de Registraduría Especial en tutela sobre inscripción de nacimientos
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:26:8
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 6 de junio de 2025, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá conoció y resolvió en segunda instancia una acción de tutela que fue inicialmente negada por un juzgado penal del circuito de la misma ciudad. La providencia adoptada por el tribunal es un auto que anula lo actuado desde el auto admisorio de la demanda y ordena la vinculación de la Registraduría Especial de Cúcuta, entidad cuya participación resultaba indispensable para el adecuado trámite del proceso.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó a partir de la solicitud de inscripción extemporánea de los registros civiles de nacimiento de dos menores de edad, nacidas en el extranjero, cuya nacionalidad colombiana se reclama por ser hijas de un ciudadano colombiano. La inscripción fue denegada debido a la falta de apostilla en las partidas de nacimiento venezolanas, requisito que la Registraduría Nacional del Estado Civil exigía para proceder con el registro.
El accionante argumentó que los sistemas digitales oficiales del país de origen no permiten obtener copias certificadas apostilladas y que, conforme a la jurisprudencia de la Corte Constitucional (sentencia T-393 de 2022), no es necesaria la apostilla para la inscripción de nacimientos de hijos de colombianos nacidos en el exterior. Además, señaló que el procedimiento previsto en la Circular Única de la Registraduría para estos casos no se había cumplido, y que la exigencia de la apostilla constituía una barrera administrativa que vulneraba los derechos fundamentales de sus hijas, incluyendo la igualdad, la personalidad jurídica y el debido proceso administrativo.
El juzgado de primera instancia admitió la demanda y citó a la Registraduría Nacional del Estado Civil y a Migración Colombia, pero finalmente negó el amparo argumentando que la Registraduría había mostrado voluntad institucional de atender la solicitud, incluso agendando una cita para el interesado en la Registraduría Especial de Cúcuta, con lo cual consideró superado el obstáculo alegado.
El demandante impugnó esta decisión debido a irregularidades en la programación de la cita y la persistencia en la exigencia de la apostilla, además de solicitar la corrección de un error en el acta de nacimiento de una de las menores.
Consideraciones del Tribunal Superior
Al conocer la impugnación, el tribunal revisó el procedimiento y advirtió que el juzgado de primera instancia no había vinculado a la Registraduría Especial de Cúcuta, entidad esencial para esclarecer los hechos y resolver la controversia, pues la inscripción se tramita en esa sede. La omisión afectó el derecho al debido proceso y la adecuada sustanciación del caso.
El tribunal recordó que, conforme al artículo 47 del Decreto 1010 de 2000, las registradurías municipales y especiales tienen funciones de apoyo para la inscripción de hechos relacionados con el estado civil, entre ellas la inscripción de nacimientos y la expedición de copias certificadas. En consecuencia, la participación de la Registraduría Especial de Cúcuta es necesaria para verificar la veracidad y alcance de las afirmaciones del demandante y de la entidad demandada.
Por tanto, la Sala de Decisión Penal decidió anular lo actuado desde el auto admisorio de la demanda sin afectar la validez de las pruebas y de las actuaciones realizadas hasta el momento, y ordenó vincular formalmente a la Registraduría Especial de Cúcuta para que participe en el proceso. Además, remitió las diligencias al juzgado de origen para que continúe con el trámite de la tutela considerando esta nueva circunstancia.
Implicaciones jurídicas
Este auto pone de manifiesto la importancia de garantizar el debido proceso en acciones de tutela que involucran derechos fundamentales relacionados con la identidad y la nacionalidad, especialmente en contextos transnacionales. La decisión resalta la necesidad de que las entidades públicas responsables del registro civil cumplan con los procedimientos y requisitos establecidos por la normativa y la jurisprudencia constitucional, evitando la imposición de barreras administrativas que puedan afectar el acceso a derechos fundamentales.
Asimismo, el fallo refuerza el principio de participación de todas las partes interesadas en el proceso judicial para asegurar una decisión justa y completa. La vinculación de la Registraduría Especial de Cúcuta permitirá una mejor valoración de los hechos y una solución ajustada a derecho.
Conclusión
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante este auto, reafirma la importancia del cumplimiento de los procedimientos formales en la tramitación de acciones de tutela y la garantía del acceso efectivo a los derechos fundamentales, especialmente en casos relacionados con la nacionalidad y la inscripción del estado civil. La decisión ordena la corrección procesal necesaria para asegurar la participación de todas las entidades involucradas y continuar con la protección judicial requerida, garantizando así el respeto por los derechos de las menores y la adecuada administración de justicia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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