Tribunal Superior de Bogotá modifica fallo y declara improcedente tutela por registro de cesantías en segunda instancia
Proviene de: Sentencias
15 de julio de 2025 14:52:28
Providencia de segunda instancia sobre tutela para registro de cesantías
El Tribunal Superior de Bogotá, Sala Penal, conoció y resolvió el recurso de impugnación contra el fallo proferido el 5 de mayo de 2025 por el Juzgado 5° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, que declaró improcedente una acción de tutela. La tutela fue interpuesta para exigir el registro y reporte ante la Secretaría de Educación de Cundinamarca de cesantías correspondientes a los años 1993 a 1996, periodo durante el cual la accionante prestó servicios como docente en el municipio de Paime, Cundinamarca.
Antecedentes fácticos y procesales
En primera instancia, la accionante, quien se desempeña como docente activa, solicitó el reconocimiento y pago parcial de cesantías con destino a educación, solicitud que fue negada por la Secretaría de Educación de Cundinamarca debido a la falta de reporte de cesantías correspondientes a los años indicados. Posteriormente, la accionante inició una serie de derechos de petición dirigidos tanto a la Fiduprevisora como al municipio de Paime y a la Secretaría de Educación, buscando que se certificara y registrara el tiempo laborado y las cesantías no reportadas.
La respuesta del municipio de Paime adujo que las cesantías reclamadas estaban afectadas por el fenómeno de prescripción conforme al artículo 151 del Código Sustantivo del Trabajo (C.S.T.), negando la solicitud de registro. Ante esta situación, se interpuso la acción de tutela invocando la vulneración de los derechos fundamentales de petición, trabajo e igualdad.
El Juzgado 5° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá declaró improcedente la tutela, argumentando que la accionante contaba con...
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