Tribunal Superior de Villavicencio confirma condena por hurto calificado y agravado
Proviene de: Sentencias
16 de julio de 2025 18:37:48
Competencia y naturaleza de la providencia
La providencia es una sentencia emitida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, en segunda instancia, con ocasión del recurso de apelación interpuesto contra la decisión de primera instancia dictada por el Juzgado Cuarto Penal Municipal de Villavicencio. La Sala conoció del recurso conforme al numeral 1 del artículo 34 de la Ley 906 de 2004.
Antecedentes fácticos y procesales
Los hechos que dieron origen al proceso ocurrieron en la mañana del 11 de febrero de 2020, en la entrada de una vereda en Villavicencio, cuando una persona que practicaba ciclismo fue abordada por tres sujetos. Uno de ellos la intimidó con un arma cortopunzante y, mientras vociferaban amenazas y palabras soeces, lograron arrebatarle la bicicleta, provocando que la víctima cayera al suelo. Gracias a la rápida reacción de la comunidad y la intervención policial, uno de los presuntos responsables fue capturado en flagrancia, encontrándose en su poder el arma utilizada y recuperándose la bicicleta.
El Juzgado Sexto Penal Municipal de Control de Garantías legalizó la captura y, bajo el procedimiento penal abreviado previsto en la Ley 1826 de 2017, la Fiscalía formuló acusación por hurto calificado y agravado, conforme a los numerales 2 del artículo 240 y 10 del artículo 241 del Código Penal. El procesado no aceptó los cargos y se le impuso medida de aseguramiento domiciliario.
Posteriormente, el Juzgado Cuarto Penal Municipal realizó la audiencia concentrada para resolver sobre las pruebas y estipulaciones propuestas. El juicio oral se llevó a cabo entre mayo y octubre de 2020, en el que se escucharon los testimonios de la víctima, un patrullero y un testigo presencial, además de la declaración del procesado. Finalmente, el juzgador de primera instancia profirió sentencia condenatoria el 14 de diciembre de 2020, imponiendo una pena privativa de la libertad de 108 meses y la correspondiente inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas.
Consideraciones de la Sala Penal
El recurso de apelación cuestionó la suficiencia probatoria, argumentando que los testimonios de la víctima y del patrullero no eran suficientes para acreditar la responsabilidad penal más allá de duda razonable. Se señaló que el testigo presencial había manifestado que la descripción del agresor y las circunstancias no coincidían plenamente con el procesado, y que este negó su participación, alegando haber sido confundido y capturado erróneamente.
La Sala, sin embargo, realizó un análisis integral de las pruebas y testimonios incorporados en el juicio oral conforme a los parámetros del artículo 404 de la Ley 906 de 2004. Destacó la coherencia, espontaneidad y claridad en las declaraciones de la víctima, quien describió detalladamente la intimidación con arma cortopunzante y la participación conjunta de tres sujetos en el hurto. También valoró el testimonio del patrullero, quien corroboró la captura en flagrancia y el hallazgo del arma en poder del procesado.
En cuanto al testimonio del testigo presencial, la Sala reconoció que si bien este no pudo identificar con precisión al capturado debido a su posición y limitaciones en la observación, sí confirmó la dinámica de los hechos, la intimidación con arma cortopunzante y la participación de tres sujetos, lo cual reforzó la credibilidad del relato de la víctima.
Respecto a la declaración del procesado, quien negó los hechos y alegó confusión en su captura, la Sala concluyó que su versión carecía de credibilidad frente a la evidencia y los demás testimonios, encontrando que no aportaba elementos que generaran duda razonable sobre su responsabilidad.
Finalmente, la Sala recordó los tipos penales involucrados, señalando que el hurto calificado implica la apropiación de un bien mueble ajeno en condiciones de indefensión para la víctima, y que la agravación procede cuando el delito es cometido por varias personas. En este caso, se constató que la víctima fue colocada en situación de indefensión por la intimidación con arma cortopunzante y que la conducta fue realizada en concurso con otros dos sujetos.
Decisión y efectos
En mérito de lo anterior, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio confirmó la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Cuarto Penal Municipal de Villavicencio, ratificando la condena por hurto calificado y agravado. Se dispuso la devolución del expediente al juzgado de origen para los fines pertinentes.
La decisión es susceptible de recurso de casación, de conformidad con los artículos 181 y siguientes de la Ley 906 de 2004, modificada por la Ley 1395 de 2010.
Esta providencia reafirma el criterio judicial sobre la valoración integral y objetiva de las pruebas para establecer la responsabilidad penal y la protección efectiva de las víctimas frente a conductas delictivas que afectan su seguridad y bienes. Con esta resolución, el Tribunal Superior de Villavicencio envía un mensaje claro sobre la tolerancia cero frente a los delitos que afectan la convivencia y el orden público, garantizando que los responsables sean sancionados conforme a la ley y se garantice justicia para las víctimas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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