Contexto y antecedentes del proyecto de decreto
El Ministerio de Educación Nacional habría anunciado en 2025 un proyecto de decreto cuyo objetivo sería modificar los artículos 2.3.3.1.8.1., 2.3.7.1.1., 2.3.7.1.3., 2.3.7.1.5., y 2.3.7.2.2. del Decreto 1075 de 2015, conocido como el Único Reglamentario del Sector Educación. Este decreto busca actualizar y complementar las disposiciones relacionadas con la función de inspección y vigilancia del servicio público educativo.
El proyecto se fundamentaría en las facultades constitucionales conferidas al Presidente de la República, en especial los artículos 189 numeral 11 y 211 de la Constitución Política, así como en la Ley 489 de 1998 y la Ley 115 de 1994. Según la Constitución, la educación es un derecho y un servicio público con función social, sujeto a regulación, inspección y vigilancia por parte del Estado para garantizar su calidad y acceso.
Propósito principal y grupos afectados
El propósito principal del proyecto sería delegar de manera más específica las funciones de inspección y vigilancia sobre la educación, en particular en relación con el manejo y control de los recursos asignados al Programa de Alimentación Escolar (PAE). Así, mientras que el Ministerio de Educación Nacional continuaría ejerciendo la inspección y vigilancia general del servicio público educativo, la función respecto a los recursos del PAE se delegaría en la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar – Alimentos para Aprender (UApA).
Este cambio afectaría a los distintos actores del sector educativo, incluyendo a las entidades territoriales certificadas en educación, los establecimientos educativos públicos y privados, y a la comunidad educativa en general, dado que la alimentación escolar es un componente esencial para garantizar la permanencia y el desarrollo integral de los estudiantes.
Modificaciones y nuevas disposiciones propuestas
Entre las modificaciones más relevantes que se plantearían en el proyecto se encuentran:
- El artículo 2.3.3.1.8.1. del Decreto 1075 de 2015 se modificaría para delegar en el Ministerio de Educación Nacional la función de inspección y vigilancia de la educación, excepto respecto de los recursos asignados al Programa de Alimentación Escolar, función que se delegaría al representante legal de la UApA.
- El artículo 2.3.7.1.1. se ajustaría para definir que el Ministerio de Educación y la UApA ejercerían sus competencias de inspección y vigilancia conforme a la ley y reglamentaciones vigentes.
- El artículo 2.3.7.1.3. ampliaría el objeto de la inspección y vigilancia para incluir la garantía de la calidad y universalidad de la alimentación escolar.
- El artículo 2.3.7.1.5. establecería que en los planes operativos anuales de inspección y vigilancia, elaborados conjuntamente por el Ministerio y las entidades territoriales certificadas, se incluiría la participación de la UApA en los temas relacionados con la alimentación escolar.
- El artículo 2.3.7.2.2. enumeraría funciones específicas que cumplirían el Ministerio y la UApA para el ejercicio de la inspección y vigilancia, tales como establecer lineamientos, prestar asistencia técnica, solicitar información, coordinar evaluaciones, divulgar normatividad, y promover formación técnica.
Asimismo, se indicaría que la función de inspección y vigilancia sobre los recursos del PAE delegada a la UApA se ejercería una vez se incorporen formalmente estas funciones en la estructura interna de dicha entidad, conforme al Decreto 218 de 2020.
Acciones y disposiciones específicas
El proyecto establecería que el Ministerio de Educación Nacional y la UApA deberán elaborar planes operativos anuales de inspección y vigilancia, integrados al Plan Anual de Desarrollo Educativo de cada entidad territorial certificada. Estos planes incluirían principios, estrategias, criterios, financiación y cronogramas para orientar las operaciones relacionadas con la inspección y vigilancia.
Además, se especificaría que la inspección y vigilancia incluiría actividades de asesoría pedagógica y administrativa, seguimiento y evaluación de la calidad educativa, así como velar por el acceso y permanencia de los estudiantes, incluyendo la garantía de la alimentación escolar de calidad y cobertura universal.
Participación de actores clave
El proyecto asignaría competencias claras a diferentes actores:
- Ministerio de Educación Nacional: Continuaría ejerciendo la inspección y vigilancia general del servicio público educativo, incluyendo la supervisión de autoridades educativas departamentales y distritales, y la coordinación con entidades territoriales.
- Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar – Alimentos para Aprender (UApA): Se encargaría de la inspección y vigilancia específica de los recursos asignados al Programa de Alimentación Escolar, aprovechando su autonomía administrativa y experiencia técnica en alimentación escolar.
- Gobernadores y alcaldes: Ejercerían funciones de inspección y vigilancia en su respectiva jurisdicción, conforme a las competencias establecidas por ley y reglamentos.
- Entidades territoriales certificadas: Participarían en la elaboración y ejecución de planes operativos de inspección y vigilancia en coordinación con el Ministerio y la UApA.
Información adicional y participación ciudadana
Según el proyecto, el texto completo habría sido publicado en la página web del Ministerio de Educación Nacional durante un periodo determinado en 2025 para permitir la presentación de observaciones y comentarios por parte de la ciudadanía y actores interesados. Las observaciones recibidas habrían sido analizadas y atendidas mediante una matriz de observaciones, evidenciando un proceso de participación y revisión.
El decreto establecería que entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial y derogaría las normas que se le opusieran.
Este proyecto de decreto representaría un paso para fortalecer la regulación y supervisión de la educación en Colombia, con especial énfasis en garantizar la adecuada gestión y control del Programa de Alimentación Escolar, componente fundamental para la equidad y calidad educativa en el país. Con la implementación de estas modificaciones, se espera mejorar la transparencia, eficacia y calidad en la ejecución de los programas educativos y alimentarios, beneficiando directamente a los estudiantes y comunidades educativas en todo el territorio nacional.