Propósito y ámbito de la Ley 2487 de 2025
La Ley 2487, sancionada y publicada el 17 de julio de 2025, responde a la necesidad de brindar una atención particular a las mujeres que han dejado grupos armados ilegales y buscan reinsertarse en la vida civil. Esta normativa se centra en el ámbito social y laboral, con un enfoque en la estabilización económica y la promoción del empleo digno para este grupo poblacional. Su propósito es crear una ruta diferencial que reconozca las condiciones específicas de las mujeres desmovilizadas y reincorporadas, facilitando así su integración plena y sostenible en la sociedad, y contribuyendo a la construcción de paz y la recuperación de las comunidades afectadas por el conflicto armado.
Este contexto surge en un país que ha atravesado procesos complejos de desarme, desmovilización y reincorporación (DDR), con especial atención a los acuerdos de paz y la reintegración de excombatientes. La ley se enmarca dentro de los esfuerzos estatales para atender las particularidades de género e interseccionalidad en estos procesos.
Proceso legislativo y debates clave
El trámite legislativo de la Ley 2487 contempló debates enfocados en la necesidad de reconocer las diferencias de género en los procesos de reincorporación. Se discutió la importancia de crear un programa específico para mujeres desmovilizadas, considerando las múltiples vulnerabilidades y desafíos que enfrentan, como la discriminación, la violencia de género y la precariedad laboral. Asimismo, se resaltó la importancia de alinear la legislación con estándares internacionales, incluyendo las recomendaciones de las Naciones Unidas en materia de DDR con enfoque de género. La ley fue aprobada tras un proceso legislativo que buscó consensos para garantizar medidas afirmativas y la transversalización de la perspectiva de género en las políticas públicas de reincorporación.
Contenido clave y principales disposiciones
La Ley 2487 se estructura en cuatro títulos que abarcan disposiciones generales, un programa especial para mujeres, formalización laboral y disposiciones finales.
- Disposiciones Generales: Se define el objeto de la ley como la creación de una ruta diferencial para mujeres desmovilizadas y reincorporadas, dirigida a fomentar el empleo productivo y el trabajo decente con vocación de permanencia. Se incluyen definiciones clave como el proceso de reintegración, reincorporación, enfoque de género y transversalización, que orientan la aplicación de la norma bajo una perspectiva que reconoce las desigualdades estructurales y la necesidad de medidas afirmativas.
- Enfoque de Género e Interseccionalidad: La ley establece que todas las acciones deben incorporar un análisis interseccional que considere variables como raza, edad, etnia, cultura y situación socioeconómica. Esta perspectiva busca generar políticas inclusivas que atiendan las múltiples formas de discriminación y vulnerabilidad que enfrentan las mujeres en proceso de reincorporación.
- Programa de Tránsito Especial para Mujeres: Se crea un programa particular y diferenciado para mujeres desmovilizadas certificadas individual y colectivamente, con la Agencia para la Reincorporación y Normalización (ARN) encargada de diseñar, reglamentar e implementar el proceso en un plazo de un año. El diseño debe considerar estándares internacionales, como los Estándares Integrados de Desarme, Desmovilización y Reintegración (IDDRS) de la ONU, y los lineamientos del Acuerdo Final de Paz, incluyendo la transversalización del enfoque de género. Además, se prevé la socialización de la reglamentación con organizaciones civiles y autoridades territoriales.
- Rendición de Cuentas: La ARN y las entidades vinculadas deberán presentar informes anuales a la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer del Congreso sobre los avances en la implementación de la ruta diferencial, garantizando transparencia y seguimiento.
- Formalización Laboral: Se destaca la creación del “Certificado de empleo para la paz”, que será otorgado por el Ministerio del Trabajo a las empresas que incorporen en su plantilla a mujeres en proceso de reincorporación en un porcentaje igual o superior al 10%. Este certificado busca incentivar el empleo formal y decente, reconociendo el papel crucial del trabajo en la consolidación de la paz y la recuperación social. El Ministerio del Trabajo tiene un plazo de seis meses para expedir los protocolos para la asignación de este certificado.
- Disposiciones Finales: La ley entra en vigencia desde su promulgación y deroga cualquier norma que le sea contraria.
Implicaciones y aplicación práctica
La Ley 2487 representa un avance en la incorporación de la perspectiva de género y la interseccionalidad en los procesos de desmovilización y reincorporación, reconociendo que las mujeres enfrentan desafíos y necesidades particulares. El programa de tránsito especial busca ofrecer una atención integral y diferenciada, que contemple no solo la reactivación económica sino también la garantía de derechos y la participación activa de las mujeres en la construcción de paz.
El establecimiento del certificado de empleo para la paz introduce un mecanismo de incentivo para el sector privado, promoviendo la formalización laboral y la inclusión de mujeres en proceso de reincorporación, lo cual puede tener efectos positivos en la estabilidad social y económica de estas personas.
Por último, la exigencia de rendición de cuentas fortalece el control y la transparencia en la implementación de las políticas, generando un marco que facilita el monitoreo y la evaluación por parte del legislativo y la sociedad civil.
Este cuerpo normativo se suma a los esfuerzos nacionales e internacionales para garantizar procesos de reincorporación más justos, equitativos y sostenibles, con especial atención a la diversidad y las realidades particulares de las mujeres desmovilizadas y reincorporadas, contribuyendo así a la consolidación de la paz y el desarrollo social en el país.