Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Tribunal Administrativo de Bolívar confirma tutela que ordena entrega inmediata de medicamento para paciente con osteoporosis

Proviene de: Sentencias

23 de julio de 2025 21:50:50

Contexto y competencia del tribunal

El Tribunal Administrativo de Bolívar, en su Sala de Decisión No. 01, resolvió la impugnación presentada por la Caja de Compensación Familiar (CAFAM) contra una sentencia del Juzgado Décimo Séptimo Administrativo del Circuito de Cartagena. El caso se tramitó bajo la figura de acción de tutela, mecanismo constitucional para la protección inmediata de derechos fundamentales, en este caso, el derecho a la salud y a la vida digna. La competencia del tribunal se fundamenta en el artículo 86 de la Constitución Política, el Decreto Ley 2591 de 1991 y el artículo 153 de la Ley 1437 de 2011.

Antecedentes fácticos y procesales

La accionante, paciente diagnosticada con osteoporosis postmenopáusica con fractura patológica, está afiliada a la Nueva EPS. Su médico tratante le prescribió el medicamento Denosumab 60MG/1ML, solución inyectable, para el tratamiento de su condición. La paciente solicitó a la Nueva EPS la entrega del medicamento, la cual fue canalizada a través de la Caja de Compensación Familiar (CAFAM), entidad encargada de la dispensación. Sin embargo, la entrega no se concretó debido a requisitos administrativos adicionales y a la falta de disponibilidad del medicamento en los puntos de dispensación de CAFAM. La EPS no rindió informe en primera instancia, mientras que CAFAM solicitó su desvinculación del proceso alegando que no existe violación de derechos fundamentales por su parte y que la falta de suministro se debe al desabastecimiento causado por los laboratorios proveedores, lo cual escapa a su control. El Juzgado de primera instancia amparó los derechos fundamentales de la paciente y ordenó tanto a...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias