Modificación del Decreto 1593 de 2024: Incremento en la emisión de Títulos de Tesorería (TES) Clase B por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Proviene de: Decretos
24 de julio de 2025 21:40:54
Contexto y Emisor del Decreto
El Decreto 0836 de 2025 fue emitido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público el 22 de julio de 2025, y fue publicado en el Diario Oficial No. 53.190 el 23 de julio de 2025. Esta norma modifica los artículos 1° y 2° del Decreto 1593 de 2024, relativo a la emisión de “Títulos de Tesorería (TES) Clase B”. Dichos títulos son instrumentos financieros utilizados por el Gobierno nacional para financiar las apropiaciones del Presupuesto General de la Nación y realizar operaciones temporales de tesorería durante el año fiscal 2025.
Objetivo Principal del Decreto
El decreto tiene como finalidad principal aumentar el límite autorizado para la emisión de TES Clase B, con el propósito de optimizar la gestión financiera pública y asegurar la disponibilidad de recursos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones fiscales del Estado. Esta ampliación responde a la actualización de la disponibilidad presupuestal establecida por la Resolución 1653 del 11 de julio de 2025, que fijó el aforo vigente para el crédito interno en 80,81 billones de pesos colombianos.
Medidas y Disposiciones Específicas
En concreto, el decreto modifica el artículo 1° del Decreto 1593 de 2024 para aumentar el monto máximo de emisión de TES Clase B destinados a financiar apropiaciones del Presupuesto General de la Nación, pasando de sesenta billones doscientos cincuenta mil millones de pesos ($60.250.000.000.000) a ochenta billones ochocientos diez mil millones de pesos ($80.810.000.000.000) moneda legal colombiana.
Asimismo, el artículo 2° del mismo decreto es modificado para incrementar el límite de emisión de TES Clase B destinados a financiar operaciones temporales de tesorería, de cincuenta y siete billones de pesos ($57.000.000.000.000) a sesenta y siete billones de pesos ($67.000.000.000.000) moneda legal colombiana.
Se establece que estos títulos tendrán las condiciones de emisión y colocación previamente definidas, salvo que los destinados a operaciones temporales de tesorería deberán tener un plazo superior a 30 días calendario e inferior a un año. Además, se autoriza la emisión de nuevos títulos para reemplazar aquellos que se amorticen, ya sea por redención o recompra, hasta por el monto autorizado.
Un aspecto relevante es la inclusión de un parágrafo en el artículo 1°, que señala que cuando los TES Clase B emitidos se enmarquen como bonos temáticos conforme a la Ley 2073 de 2020, el Estado informará a los inversionistas sobre los gastos elegibles asociados, promoviendo la transparencia en el manejo de recursos.
Ámbito de Aplicación y Entidades Afectadas
El decreto tiene alcance nacional y aplica directamente al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que es responsable de la emisión, administración y colocación de los TES Clase B. Indirectamente, afecta a las entidades públicas que forman parte del Presupuesto General de la Nación, así como a los inversionistas y mercados financieros nacionales e internacionales vinculados a estos instrumentos.
Excepciones y Consideraciones
El decreto mantiene las excepciones establecidas en el marco normativo vigente respecto a la no garantía solidaria del Banco de la República sobre estos títulos, así como las condiciones específicas para la inclusión de los recursos obtenidos en el Presupuesto General de la Nación, distinguiendo entre los recursos de capital y aquellos destinados a operaciones temporales de tesorería o regulación de liquidez.
Marco Legal y Vigencia
Esta modificación se fundamenta en varias disposiciones legales, entre ellas la Ley 51 de 1990, que faculta al Gobierno nacional para la emisión de TES Clase B; el Decreto 1523 de 2024; y la Ley 185 de 1995, que regula la expedición de actos administrativos por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. También considera la memoria justificativa preparada por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional.
El decreto entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, cumpliendo con lo establecido en la normativa aplicable.
Implicaciones para la Ciudadanía y el Sector Público
El aumento en el cupo para la emisión de TES Clase B representa una herramienta clave para la administración pública en la gestión de recursos financieros durante el año 2025. Esta ampliación permite al Estado garantizar el financiamiento adecuado de sus programas y proyectos presupuestales, así como mantener la liquidez necesaria para atender sus compromisos de gasto.
Para los ciudadanos, esta medida contribuye a la estabilidad financiera del país y al sostenimiento de la capacidad del Estado para cumplir con sus obligaciones, incluyendo servicios públicos y políticas sociales. Por su parte, el sector financiero y los inversionistas obtienen mayor claridad y seguridad respecto a los montos y condiciones de los títulos emitidos, lo que puede influir en las decisiones de inversión y en el funcionamiento del mercado de deuda pública.
Llamado a la Participación
El decreto implica un llamado para que las entidades públicas y los funcionarios responsables de la gestión fiscal adopten las medidas necesarias para implementar las disposiciones contenidas en la norma, facilitando la adecuada administración y colocación de los TES Clase B. Asimismo, invita a los inversionistas a considerar estos instrumentos como opciones viables dentro del mercado financiero colombiano, en línea con las políticas de transparencia y rendición de cuentas establecidas.
En síntesis, el Decreto 0836 de 2025 representa un ajuste técnico y financiero significativo dentro del marco normativo vigente, orientado a optimizar la gestión de la deuda pública y asegurar el respaldo económico del Estado durante la vigencia fiscal del año 2025. Esta medida fortalece la capacidad del Gobierno para manejar eficazmente sus recursos y cumplir con sus compromisos financieros, contribuyendo así al desarrollo económico y social del país.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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