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Consejo de Estado admite demanda contra modificación de resoluciones del Consejo Nacional Electoral

Proviene de: Sentencias

24 de julio de 2025 22:35:32

Contexto y naturaleza de la decisión judicial

El pasado 21 de julio de 2025, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, mediante auto proferido por uno de sus magistrados, admitió una demanda en única instancia contra una resolución del Consejo Nacional Electoral. Esta providencia, de carácter auto admisorio, tiene como objeto dar curso a un proceso de nulidad contra la Resolución 949 del 4 de marzo de 2025, que introdujo modificaciones en los artículos 16 y 27 de la Resolución 65 de 1996, ambas expedidas por el mismo Consejo Nacional Electoral. El auto admisorio es una decisión procesal que permite avanzar en el trámite judicial, en este caso, reconociendo que la demanda cumple con los requisitos de fondo y forma establecidos en la legislación administrativa colombiana, para continuar con la revisión del acto administrativo cuestionado.

Antecedentes fácticos y procesales

La demanda fue presentada el 3 de junio de 2025 por una ciudadana en ejercicio del medio de control de nulidad consagrado en el artículo 137 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). La impugnación se dirige contra la Resolución 949 de 2025, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral modificó dos artículos de una resolución anterior de 1996. Inicialmente, el despacho sustanciador inadmitió la demanda el 13 de junio de 2025, señalando la necesidad de corregir la designación de las partes y los fundamentos jurídicos de las pretensiones. Sin embargo, el 19 de junio de 2025 se presentó el escrito de subsanación, adecuando las irregularidades advertidas por...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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