Propósito general del proyecto de resolución
El proyecto de resolución presentado por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) tiene como propósito principal desarrollar y reglamentar la autogeneración remota en las Zonas No Interconectadas (ZNI) del país, conforme a lo previsto en el Decreto 1403 de 2024. La regulación busca establecer un marco normativo claro para la conexión, operación, entrega y remuneración de excedentes de energía por parte de los autogeneradores remotos en estas zonas, que comprenden municipios, corregimientos, localidades y caseríos no conectados al Sistema Interconectado Nacional (SIN).
Objetivo principal y beneficios para los sectores afectados
El objetivo central de esta iniciativa es optimizar la gestión y regulación de la autogeneración remota en ZNI, facilitando el acceso a fuentes de energía, especialmente renovables, y promoviendo la eficiencia energética en regiones apartadas. Esto beneficiará a usuarios, productores, comercializadores y distribuidores de energía, así como a las autoridades locales y nacionales involucradas en el sector eléctrico. Además, se busca fomentar la competencia y garantizar la calidad y seguridad en la prestación del servicio público de energía eléctrica en estas zonas.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto introduce varias disposiciones clave, entre las que destacan:
- Definición clara de autogenerador remoto en ZNI: Se establece que es aquella persona natural o jurídica que produce energía eléctrica en una frontera de autogeneración remota y recibe energía en una o varias fronteras dentro de las ZNI, pudiendo o no ser propietaria de los activos de generación.
- Contratos de conexión: Los autogeneradores remotos con potencia instalada superior a 100 kW deberán suscribir un contrato de conexión con el distribuidor de la frontera respectiva, siguiendo los lineamientos ya establecidos en regulaciones previas.
- Procedimientos de conexión diferenciados: Se establecen procedimientos simplificados para potencias iguales o inferiores a 100 kW y procedimientos estándar para potencias mayores, atendiendo a las normativas vigentes.
- Obligaciones para autogeneradores y distribuidores: Se aplican las obligaciones ya previstas en la Resolución CREG 038 de 2018 relacionadas con la conexión, operación y mantenimiento.
- Sistema de información actualizado: Se incorpora la información de autogeneración remota en los sistemas de información de los distribuidores para garantizar transparencia y seguimiento.
- Liquidación y remuneración de excedentes: Se establece un mecanismo detallado para la liquidación de excedentes energéticos entregados a la red, consolidando la información por frontera y ciclo de facturación.
Acciones y regulaciones específicas propuestas
El proyecto define acciones concretas para facilitar la implementación de la autogeneración remota:
- Solicitud de conexión: Se estipula que los autogeneradores remotos deben presentar su solicitud ante el distribuidor correspondiente, utilizando formularios y procedimientos estándar.
- Actualización de fronteras de autogeneración: Los usuarios deben reportar y actualizar las fronteras de autogeneración remota para efectos de liquidación y control.
- Disponibilidad y transparencia del sistema: Se exige que los sistemas de información permitan a los interesados verificar la disponibilidad del sistema en tiempo real, mediante identificación clara de cuentas, circuitos o transformadores.
- Condiciones para áreas de servicio exclusivo (ASE): La autogeneración remota en ASE no requerirá autorización previa del prestador del servicio, aunque sí se deberá acordar la entrega y remuneración de excedentes cuando se utilice el sistema de distribución.
Impacto esperado y relevancia estratégica
La regulación propuesta tiene un impacto significativo en la integración y desarrollo energético de las Zonas No Interconectadas, que actualmente comprenden 1766 localidades en 18 departamentos con una capacidad instalada aproximada de 330.058 kW. Al promover la autogeneración remota, el proyecto impulsa el uso eficiente de recursos, especialmente fuentes renovables, contribuyendo a la sostenibilidad ambiental y a la mejora de la calidad de vida en estas regiones.
Asimismo, la iniciativa fortalece el marco regulatorio para la autogeneración, facilitando la entrada de nuevos actores y promoviendo la competencia en el sector eléctrico, en consonancia con los objetivos constitucionales y legales de asegurar una prestación eficiente, segura y confiable del servicio público de energía.
Participación y beneficiarios clave
El proceso de consulta pública invita a la participación de agentes del sector eléctrico, usuarios, autoridades locales municipales y departamentales, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y demás interesados. Durante el periodo de diez días hábiles posterior a la publicación, estos actores podrán remitir observaciones y sugerencias que serán consideradas para la versión final de la resolución.
El proyecto beneficia directamente a los autogeneradores remotos, comercializadores y distribuidores de energía en las ZNI, así como a las comunidades locales que accederán a un suministro energético más confiable y eficiente. Además, contribuye a los esfuerzos del Ministerio de Minas y Energía y de la CREG para implementar políticas públicas que promuevan la generación distribuida y el uso de energías renovables en Colombia.
Marco normativo y fundamentación legal
La regulación se fundamenta en diversos preceptos constitucionales y legales, tales como los artículos 334, 365 y 370 de la Constitución Política, las leyes 142 y 143 de 1994, la Ley 1715 de 2014, el Decreto 1403 de 2024, y resoluciones previas de la CREG. Estos instrumentos establecen las competencias de la CREG para regular la autogeneración, garantizar la calidad y eficiencia del servicio público de energía, y promover la competencia en el mercado eléctrico.
Conclusión
El proyecto de resolución No. 701 092 de 2025 representa un avance normativo en la regulación de la autogeneración remota en Zonas No Interconectadas, alineándose con la política energética nacional y los objetivos de sostenibilidad y eficiencia del sector eléctrico. Su sometimiento a consulta pública garantiza la participación ciudadana y sectorial, fortaleciendo la legitimidad y pertinencia de la regulación propuesta.
La CREG invita a todos los interesados a participar activamente en este proceso de consulta, aportando sus conocimientos, experiencias y propuestas para construir un marco regulatorio robusto y adaptado a las necesidades de las ZNI. Con esta iniciativa, se da un paso importante hacia un sistema eléctrico más inclusivo, sostenible y competitivo, que contribuya al desarrollo integral de las regiones más apartadas del país.