Superintendencia de Servicios Públicos aclara aspectos sobre contratos y prestación del servicio de aseo domiciliario
Proviene de: Conceptos
30 de julio de 2025 13:0:20
Competencia y aprobación de contratos de servicios públicos
La Superservicios recordó que, conforme al artículo 79 de la Ley 142 de 1994, no tiene competencia para exigir la aprobación previa de los actos o contratos de los prestadores de servicios públicos domiciliarios. Por lo tanto, no puede validar o aprobar los contratos de condiciones uniformes que estos suscriben con los usuarios. La validez de dichos contratos depende del cumplimiento normativo y del consentimiento de las partes, no de la aprobación de la entidad.
Contrato de servicios públicos domiciliarios y terminación anticipada
El contrato de servicios públicos es un contrato uniforme y consensual en el cual una empresa presta el servicio a cambio de un precio. Este contrato existe desde que el prestador define las condiciones uniformes y el usuario acepta recibir el servicio en el inmueble respectivo.
En cuanto a la terminación anticipada del contrato de aseo, los usuarios tienen derecho a finalizarlo para vincularse a otro prestador, siempre que presenten la solicitud con el preaviso estipulado en el contrato (no superior a dos meses), acrediten la contratación con el nuevo prestador y se encuentren a paz y salvo con el actual. La entidad supervisora establece que los prestadores no pueden imponer requisitos adicionales ni negar la terminación por motivos distintos a los autorizados.
Doble facturación y atención por varios prestadores
Se enfatiza que no está permitido que un usuario sea atendido simultáneamente por más de un prestador ni que reciba doble facturación por el servicio de aseo. En caso de presentarse esta situación, el usuario puede denunciar ante la Superservicios para que se investiguen posibles incumplimientos al régimen jurídico de los servicios públicos domiciliarios.
Definición y responsabilidad sobre áreas de prestación del servicio (APS)
El prestador debe definir el área de prestación del servicio (APS) previo a la adopción de la metodología tarifaria y consignarla en el contrato de condiciones uniformes. Además, debe reportar esta información al ente territorial correspondiente, que es responsable de garantizar la prestación del servicio en todo el municipio o distrito, incluyendo áreas no reportadas como APS por algún prestador.
Aunque no existe un procedimiento regulado para definir el APS, se indica que esta delimitación debe asegurar la prestación del servicio tanto en suelo urbano como rural, conforme al plan de ordenamiento territorial del municipio.
Acceso a la normativa y concepto jurídico
La Superservicios pone a disposición un sitio de consulta en su página web con la compilación jurídica del sector, incluyendo normativa, jurisprudencia y conceptos emitidos por la entidad para orientar a usuarios y prestadores.
Este concepto jurídico busca brindar claridad sobre derechos y obligaciones en el servicio público de aseo domiciliario, promoviendo la transparencia y el respeto al marco legal vigente, con el fin de fortalecer la confianza entre los usuarios y los prestadores del servicio.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Superintendencia de Servicios Públicos aclara aspectos sobre contratos y prestación del servicio de aseo domiciliario