Contexto y entidades responsables
La Resolución 9111 de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.195 el 28 de julio de 2025, fue expedida por la Dirección Nacional de Registro Civil, dependencia de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Esta entidad, amparada en atribuciones constitucionales y legales, es la encargada de organizar y dirigir el registro civil y la identificación de las personas en Colombia, conforme al artículo 266 de la Constitución Política y la Ley 962 de 2005.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema central de la resolución es la autorización para que el E.S.E. Región de Salud Medina, una institución prestadora de servicios de salud en Medina, Cundinamarca, realice la inscripción en el registro civil de los hechos vitales ocurridos en sus instalaciones, principalmente nacimientos y defunciones. A su vez, se asigna a esta entidad un código de oficina y un rango específico de cupos numéricos para la emisión del Número Único de Identificación Personal (NUIP).
El destinatario principal es la misma institución de salud, así como la Registraduría Municipal de Medina, que queda adscrita para supervisar y autorizar estas inscripciones. También se involucra la Dirección Nacional de Registro Civil para el manejo y consolidación de la información.
Finalidad y alcance
La resolución tiene como finalidad principal autorizar la inscripción directa en el registro civil de los nacimientos y defunciones atendidos en el E.S.E. Región de Salud Medina. Esto contribuye a facilitar el acceso oportuno y gratuito al registro civil, clave para la identificación oficial y el ejercicio de derechos fundamentales.
Además, la medida busca integrar esta institución de salud al Sistema de Registro Civil Web (SRC-WEB), mediante un convenio interinstitucional firmado el 17 de julio de 2025, que establece las bases para la digitalización y control del registro civil.
Decisiones y regulaciones clave
Entre las principales disposiciones de la resolución destacan:
- La autorización para que la E.S.E. Región de Salud Medina realice la inscripción de nacimientos y defunciones en sus instalaciones, cumpliendo con las etapas establecidas en el artículo 28 del Decreto Ley 1260 de 1970: recepción, extensión y otorgamiento del registro.
- La asignación del código de oficina “A5U” y el rango de cupos numéricos para la asignación del NUIP, comprendido entre 1.258.778.001 y 1.258.878.000.
- La adscripción de esta institución a la Registraduría Municipal de Medina, que tendrá la función de autorizar las inscripciones y remitir mensualmente las primeras copias de los registros civiles elaborados a la Dirección Nacional de Registro Civil.
- La vigencia inmediata de estas disposiciones a partir de la publicación oficial de la resolución.
- El compromiso de notificar y comunicar esta autorización a las dependencias internas de la Registraduría y a los responsables directos en la región.
Fundamento legal
La Resolución 9111 de 2025 se fundamenta en un amplio marco normativo, entre los que se destacan:
- El inciso segundo del artículo 266 de la Constitución Política, que establece la función del Registrador Nacional del Estado Civil.
- La Ley 962 de 2005, que crea el Número Único de Identificación Personal (NUIP) y regula su asignación.
- El Decreto Ley 1260 de 1970, que norma el registro del estado civil de las personas y sus procedimientos.
- La Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia), que garantiza la inscripción y trámite eficaz y gratuito del registro civil de nacimiento.
- Resoluciones previas de la Registraduría Nacional del Estado Civil que establecen la estructura del NUIP, la prestación del servicio en centros hospitalarios y la asignación de cupos numéricos.
Modificaciones y vigencia
Esta resolución no revoca normativas anteriores, sino que amplía y actualiza la cobertura del registro civil al incluir formalmente al E.S.E. Región de Salud Medina como oficina autorizada para realizar inscripciones. Así, complementa el sistema de registro civil y fortalece la implementación del NUIP en la región.
Los plazos establecidos indican que la asignación de códigos y cupos numéricos entra en vigencia desde la publicación en el Diario Oficial, y la Registraduría Municipal de Medina deberá remitir informes mensuales a la Dirección Nacional de Registro Civil para garantizar el control y la actualización permanente de los registros.
Impacto potencial
La incorporación del E.S.E. Región de Salud Medina como oficina autorizada para inscribir nacimientos y defunciones representa un avance significativo en la gestión del registro civil a nivel local. Facilita la inscripción oportuna y accesible para los habitantes de Medina y zonas aledañas, fortalece la identificación oficial de los ciudadanos y contribuye a la actualización y calidad de las bases de datos nacionales.
Además, esta medida promueve la desburocratización y la modernización del sistema mediante la implementación del SRC-WEB, sistema que digitaliza y agiliza los procesos de registro civil, incrementando la eficiencia y seguridad administrativa.
Finalmente, la resolución reafirma el compromiso de la Registraduría Nacional del Estado Civil con la garantía de los derechos fundamentales relacionados con la identidad y el estado civil, en línea con la Constitución y las leyes colombianas.
Para mayor información sobre la Resolución 9111 de 2025, puede consultarse el texto oficial publicado en el Diario Oficial No. 53.195 del 28 de julio de 2025 en la página web de la Registraduría Nacional del Estado Civil.