Contexto y objetivo de la Circular
La Circular Externa 87, emitida el 29 de julio de 2025 por la Superintendencia de la Economía Solidaria —organismo público encargado de la vigilancia y supervisión del sector solidario—, tiene como propósito principal aportar al fortalecimiento de los fondos de empleados mediante la implementación de un formato estandarizado para la captura y reporte de información relativa al Balance Social y al Beneficio Solidario. Este instrumento, resultado de un trabajo técnico que incluyó mesas de trabajo con expertos y la incorporación de referencias nacionales e internacionales, busca medir de manera objetiva el impacto social y colectivo de los fondos de empleados. Así, se pretende evidenciar el cumplimiento de su naturaleza solidaria y diferenciadora frente a otras formas asociativas, favoreciendo la transparencia y la responsabilidad social. Alcance y sujetos obligados
El alcance de la Circular es externo y está dirigido a los representantes legales y miembros de los órganos de administración y control de los fondos de empleados vigilados por la Superintendencia, clasificados en las categorías plena, intermedia y básica. Se establecen plazos específicos y progresivos para la presentación obligatoria del reporte, adaptados a la categoría y tamaño de cada fondo. Para las categorías plena e intermedia, el reporte será obligatorio desde la vigencia 2025, con fechas establecidas para octubre y noviembre respectivamente. Para la categoría básica, el reporte será voluntario en 2026 y obligatorio a partir del 2027, con un cronograma escalonado según el nivel de activos de cada fondo. Fuerza vinculante y validez legal
La Circular cuenta con fuerza vinculante, dado que fue emitida...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
Ver planes disponibles