Entidades emisoras y contexto normativo
La Resolución 193 de 2025 fue emitida por la Contaduría General de la Nación (CGN) y publicada en el Diario Oficial No. 53.199 el 1 de agosto de 2025. Esta resolución complementa y modifica disposiciones previas, en particular el artículo 11 de la Resolución 138 de 2025, que establece los plazos para el reporte de información contable pública.
El Régimen de Contabilidad Pública (RCP) es el marco normativo que regula la presentación de información financiera en Colombia para entidades públicas y ciertas empresas. La CGN ha expedido diversas resoluciones que incorporan marcos normativos específicos para distintos tipos de entidades, como las Resoluciones 139 y 533 de 2015, 037 y 461 de 2017, que regulan desde empresas que no cotizan en el mercado de valores hasta entidades en liquidación.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema principal de esta resolución es la prórroga del plazo para el reporte de la categoría “Información Contable Pública - Convergencia” correspondiente al segundo trimestre de 2025 (abril-junio). El destinatario directo son las entidades de gobierno y empresas sujetas al ámbito del Régimen de Contabilidad Pública que deben remitir dicha información a la CGN a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública (CHIP).
Este grupo de entidades es crucial para la estabilidad y confianza en las cuentas públicas del país, ya que su cumplimiento oportuno y adecuado en la presentación de información contable garantiza la transparencia y la correcta consolidación del balance general nacional.
Motivación y finalidad
La prórroga se concede a raíz de solicitudes presentadas por algunas entidades que enfrentan dificultades informáticas, operativas y administrativas para cumplir con la fecha original establecida en la Resolución 138 de 2025. Estas dificultades afectan la calidad y oportunidad del reporte, lo que puede impactar la consolidación de la información financiera pública y, por ende, la confianza en el sistema contable público colombiano.
El objetivo de la resolución es permitir un tiempo adicional para que las entidades reguladas puedan subsanar estos inconvenientes y garantizar la calidad en la información financiera reportada, sin afectar la estabilidad del Sistema Contable Público.
Decisiones y disposiciones principales
Los artículos 1 y 2 de la Resolución 193 de 2025 establecen la prórroga del plazo para la presentación de la información financiera correspondiente al periodo abril-junio de 2025, para dos grupos específicos:
- Entidades de gobierno sujetas al Régimen de Contabilidad Pública.
- Empresas reguladas por la CGN bajo el mismo régimen.
El reporte debe realizarse a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública (CHIP), plataforma oficial para la consolidación de datos contables.
El artículo 3 establece la vigencia inmediata de la resolución a partir de su publicación, conforme a las disposiciones legales vigentes, y deroga cualquier norma que le sea contraria.
Base legal y marco normativo
La resolución se fundamenta en:
- Las atribuciones constitucionales y legales conferidas a la CGN, especialmente en la Ley 298 de 1996 (artículo 3), y el Decreto 1693 de 2023 (artículo 4).
- La Resolución 1475 de 2025.
- El artículo 11 de la Resolución 138 de 2025, que regula los plazos para el reporte de información financiera.
- Normas previas que regulan el Régimen de Contabilidad Pública, como las Resoluciones 139, 533, 037 y 461 de los años 2015 y 2017.
Además, el parágrafo 2° del artículo 11 de la Resolución 138 de 2025 establece que la CGN puede otorgar prórrogas para el reporte en situaciones de materialidad o contingencias demostradas, como es el caso que motiva la presente resolución.
Impacto y relevancia
Esta prórroga busca evitar posibles afectaciones en la consolidación del Balance General Consolidado de la Nación, garantizando que la información financiera que alimenta este reporte sea completa y de calidad. La medida tiene un carácter transitorio y responde a circunstancias excepcionales, principalmente problemas técnicos y administrativos presentados por las entidades.
De esta forma, se protege la integridad del sistema contable público, factor esencial para la confianza de los ciudadanos, organismos de control y demás actores interesados en la gestión pública.
Conclusiones normativas
La Resolución 193 de 2025 representa una acción concreta de la Contaduría General de la Nación para flexibilizar temporalmente los plazos de reporte de información contable, con el fin de asegurar la calidad y la estabilidad del sistema financiero público. Su aplicación es inmediata y específica para el periodo correspondiente al segundo trimestre de 2025.
Para acceder al texto completo de la resolución, puede consultarse el Diario Oficial número 53.199, publicado el 1 de agosto de 2025, disponible en la página oficial de la Contaduría General de la Nación o en los repositorios legales correspondientes. Esta medida reafirma el compromiso de la CGN con la transparencia y eficiencia en la gestión de la información financiera pública, contribuyendo al fortalecimiento del sistema contable nacional.