Contexto y entidad emisora
El Ministerio de Minas y Energía es la autoridad responsable de la política pública en materia energética en Colombia. En ejercicio de sus facultades legales y administrativas, y en particular bajo el marco normativo que incluye el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 381 de 2012 y la Ley 1117 de 2006, expidió la Resolución 40335 de 2025, fechada el 31 de julio de 2025. Esta resolución modifica parcialmente el Anexo Técnico de la Resolución 40243 de 2025, que había sido objeto de cambios previos en las Resoluciones 40300 y 40319 de 2025. El Diario Oficial No. 53.199 del 1 de agosto de 2025 publicó esta normativa que se inscribe en el marco de la convocatoria Prone 001-2025, perteneciente al Programa de Normalización de Redes Eléctricas.
Objeto y destinatarios de la resolución
La resolución regula el proceso de presentación, evaluación y subsanación de proyectos relacionados con la normalización de redes eléctricas, incluyendo sistemas de autogeneración a pequeña escala. Los principales destinatarios son los operadores de red del servicio público de energía eléctrica que participaron en la convocatoria Prone 001-2025. Este grupo es fundamental dado que son los encargados directos de la ejecución de los planes y programas que buscan mejorar la calidad, seguridad y confiabilidad del servicio eléctrico, sobre todo en sectores considerados subnormales o vulnerables.
Finalidad y fundamento legal
El objetivo central de la resolución es ajustar los plazos establecidos en la convocatoria para la subsanación y evaluación de proyectos, garantizando un análisis técnico riguroso y la igualdad sustancial entre los participantes. Esta medida responde a las solicitudes formales de los operadores de red, quienes argumentaron la complejidad técnica y jurídica de las observaciones recibidas en el primer informe de evaluación, requiriendo más tiempo para cumplir con los requisitos.
La base legal que sustenta esta decisión incluye:
- El artículo 209 de la Constitución Política, que establece los principios que deben regir la función administrativa: legalidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.
- La Ley 1117 de 2006, que faculta al Gobierno para financiar programas destinados a mejorar el servicio eléctrico en zonas vulnerables.
- El Decreto 381 de 2012, que define las competencias del Ministerio en la formulación y coordinación de políticas energéticas.
- El Decreto 1073 de 2015, que compila la normativa del sector y reconoce la competencia del Ministerio para reglamentar y evaluar convocatorias como Prone.
- El principio de autotutela administrativa que permite modificar actos de trámite interno para garantizar la eficiencia y transparencia en los procesos.
Decisiones principales y modificaciones
La resolución modifica el numeral 4.7 del Anexo Técnico de la Resolución 40243 de 2025, ampliando los términos para la fase de evaluación final de los proyectos. En concreto, se establecen las siguientes fechas y etapas:
- La Dirección de Energía Eléctrica dispone del 16 al 30 de julio de 2025 para revisar las subsanaciones y aclaraciones realizadas por los operadores en la fase de subsanación.
- El 31 de julio de 2025 se publicará el "Informe Previo de Revisión y Evaluación de Proyectos".
- Los operadores cuentan con los diez días calendario siguientes (del 1 al 10 de agosto de 2025) para realizar aclaraciones sobre las observaciones del informe previo, mediante el correo habilitado convocatoriaprone@minenergia.gov.co.
- Del 11 al 18 de agosto de 2025, el equipo evaluador revisará las aclaraciones enviadas.
- Finalmente, el 19 de agosto de 2025 se publicará el "Informe de Revisión y Evaluación Definitivo de Proyectos" con los conceptos finales.
Con esta modificación, la resolución busca dar respuesta a las dificultades técnicas y documentales presentadas por los operadores durante el proceso de evaluación, permitiendo un tiempo razonable para la adecuada presentación de la información requerida.
Impacto y relevancia
El Programa de Normalización de Redes Eléctricas (Prone) es una iniciativa estratégica del Ministerio de Minas y Energía orientada a mejorar la infraestructura eléctrica, especialmente en áreas con condiciones subnormales o históricamente vulnerables. La ampliación de los plazos para la subsanación y evaluación refleja un compromiso institucional con la transparencia, la participación y la equidad, garantizando que los proyectos reciban un análisis profundo y justo.
Esta resolución tiene un impacto directo en los operadores de red, quienes podrán presentar documentos técnicos y jurídicos con mayor detalle, lo que puede traducirse en proyectos más sólidos y viables. Asimismo, contribuye a fortalecer la calidad del servicio de energía eléctrica en Colombia, apoyando la cobertura y confiabilidad que demanda la transición hacia un modelo energético más eficiente y sostenible.
Conclusión
La Resolución 40335 de 2025 representa un ajuste necesario en la implementación de la convocatoria Prone 001-2025, permitiendo a los operadores de red contar con un plazo adicional para subsanar observaciones técnicas y normativas. Esta medida, basada en un análisis riguroso y en las solicitudes de los participantes, se inscribe en el marco legal y los principios que rigen la función administrativa, reafirmando el compromiso del Ministerio de Minas y Energía con la mejora continua del servicio eléctrico en Colombia.
Para consultar el texto completo de la resolución, se puede acceder al Diario Oficial No. 53.199 del 1 de agosto de 2025 o a la página oficial del Ministerio de Minas y Energía.