Contexto y entidades emisoras
La Resolución 1-01686 de 2025 fue emitida el 9 de junio de 2025 por el Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), y publicada en el Diario Oficial No. 53.199 el 1 de agosto de 2025. Esta resolución modifica aspectos puntuales de la Resolución 01-01345 de 2025, la cual establecía la delegación de funciones para el cumplimiento, reconocimiento, liquidación y pago de sentencias judiciales, conciliaciones y laudos arbitrales en la Dirección General y las Direcciones Regionales del SENA.
Objeto y destinatarios de la resolución
El propósito principal de esta resolución es ajustar y clarificar las competencias delegadas a los Directores Regionales y Subdirectores de Centro en materia judicial y administrativa relacionada con sentencias y fallos judiciales que afectan a la entidad. Los destinatarios directos de esta normativa son los funcionarios responsables de la gestión administrativa y jurídica dentro de las Direcciones Regionales y los Centros de Formación Profesional del SENA, así como los Grupos Regionales de Talento Humano y los Grupos Regionales de Apoyo Administrativo Mixto. Este público es clave para asegurar que las obligaciones derivadas de procesos judiciales se gestionen con eficacia y transparencia.
Principales modificaciones y regulaciones
La resolución modifica los artículos 4º y 5º de la Resolución 01-01345 de 2025, estableciendo lo siguiente:
- Delegación en Directores Regionales y Subdirectores de Centro: Se les faculta para reconocer, liquidar y ordenar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones originadas por sentencias judiciales laborales relacionadas con hechos u omisiones en sus jurisdicciones. Además, pueden gestionar los aportes al Sistema de Seguridad Social derivados de dichas sentencias, salvo las de carácter pensional.
- Gestión de obligaciones derivadas de sentencias, conciliaciones y laudos arbitrales: Los Directores Regionales y Subdirectores pueden cumplir y ordenar el gasto para cualquier obligación judicial, incluyendo pagos o devoluciones de dinero vinculados a sus regiones y centros, con excepción de sentencias pensionales.
- Distribución de funciones administrativas: Los Grupos Regionales de Talento Humano son responsables de la gestión oportuna de conciliaciones, laudos y sentencias judiciales laborales relacionadas con salarios y prestaciones sociales. En regiones sin este grupo, los Grupos Regionales de Apoyo Administrativo Mixto asumirán estas funciones.
- Gestión de otras obligaciones judiciales: Los Grupos Regionales de Apoyo Administrativo Mixto gestionarán el cumplimiento de sentencias y otros fallos judiciales que no estén relacionados con asuntos laborales mencionados previamente.
- Tramitación de actos administrativos: Ambos grupos deben proyectar para la firma del Director Regional los actos administrativos necesarios para cumplir con las sentencias y atender las comunicaciones relacionadas.
- Cumplimiento de fallos de tutela: El reconocimiento y pago de obligaciones derivadas de fallos de tutela serán gestionados por la dependencia correspondiente, según la naturaleza del derecho protegido en el fallo. En temas de gestión del talento humano, la Secretaría General o las Direcciones Regionales y Subdirectores de Centro serán responsables.
- Verificación presupuestal: Antes de cumplir órdenes de tutela que impliquen pago de honorarios o contratación de personal, las Direcciones Regionales deberán verificar la disponibilidad presupuestal en el rubro de prestación de servicios indirectos. Si no es suficiente, la Dirección de Planeación asignará los recursos necesarios. Para indemnizaciones u otros pagos, se utilizarán los recursos del rubro de sentencias judiciales.
Fundamento legal y vigencia
Esta resolución se fundamenta en diversas disposiciones constitucionales y legales, entre ellas:
- Artículo 211 de la Constitución Política, que regula la delegación de funciones en autoridades administrativas.
- Ley 489 de 1998, que establece el régimen interno de la administración pública.
- Decreto 249 de 2004, que modifica la estructura organizativa del SENA y define funciones de sus órganos y unidades.
- Resoluciones previas como la 442 de 2005 y la 760 de 2020, que regulan grupos administrativos y de gestión del talento humano en la entidad.
La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, conforme al artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
Impacto y relevancia
Con esta actualización normativa, el SENA busca fortalecer la eficiencia en la gestión administrativa relacionada con el cumplimiento de obligaciones judiciales en sus diferentes sedes regionales y centros de formación. La clara definición de competencias y la distribución de funciones entre los Directores Regionales, Subdirectores de Centro y los Grupos Regionales de Talento Humano y Apoyo Administrativo Mixto permiten una mejor coordinación interna, lo que puede traducirse en una respuesta más ágil y transparente frente a sentencias judiciales y tutelas que afectan a la entidad.
Además, la verificación presupuestal previa para el cumplimiento de ciertos fallos tutelares contribuye a una gestión financiera responsable, asegurando que los recursos públicos se utilicen conforme a lo establecido por la ley.
Esta resolución refleja un esfuerzo institucional por adaptar y consolidar sus procedimientos internos bajo un marco normativo actualizado, alineado con los principios constitucionales de eficacia, economía y publicidad en la función administrativa.
Consulte aquí el texto completo de la Resolución 1-01686 de 2025