Contexto y emisión de la resolución
El Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales conferidas por la Constitución Política y diversas leyes sectoriales, emitió la Resolución 20253040029505 el 25 de julio de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.203 el 5 de agosto del mismo año. Esta resolución responde a la necesidad de incorporar un enfoque más integral y centrado en el bienestar de las personas en la estructuración de proyectos de infraestructura de transporte, consolidando la responsabilidad estatal en la planificación y ejecución de obras que impactan directamente en la calidad de vida de la población.
Objeto y destinatarios
El principal objetivo de la resolución es adoptar un enfoque orientado al bienestar de las personas y la sociedad en la estructuración de proyectos de infraestructura del sector transporte. Busca establecer lineamientos que permitan que las alternativas y diseños de proyectos se retroalimenten con resultados de evaluaciones económicas y sociales, con la finalidad de maximizar la rentabilidad social y mitigar impactos negativos.
Este enfoque es aplicable principalmente al Ministerio de Transporte y sus entidades adscritas, responsables de formular políticas, planes y proyectos en los diferentes modos de transporte: carretero, marítimo, fluvial, aéreo y férreo. Además, la resolución invita a las entidades territoriales encargadas de proyectos de infraestructura de transporte a evaluar y, en su caso, adoptar este enfoque, dada su relevancia para garantizar proyectos más inclusivos y sostenibles socialmente.
Fundamentos legales y marco normativo
La resolución se fundamenta en varios preceptos constitucionales, como los artículos 1°, 2°, 334 y 366, que establecen principios de dignidad humana, prevalencia del interés general, sostenibilidad fiscal y bienestar social como finalidades estatales. Asimismo, se apoya en leyes sectoriales como la Ley 105 de 1993, que regula la planeación y control del transporte, la Ley 1682 de 2013, que dota de facultades extraordinarias para proyectos de infraestructura, y la Ley 1508 de 2012, que regula las Asociaciones Público Privadas (APP).
Además, toma en cuenta decretos reglamentarios, en especial el Decreto 087 de 2011, que define las funciones del Ministerio de Transporte, y el Decreto 1082 de 2015, que establece el régimen para la inversión pública, incluyendo la Metodología General Ajustada (MGA) para evaluación y estructuración de proyectos.
Principales decisiones y lineamientos técnicos
La resolución adopta un enfoque integral y multidisciplinario, centrado en la satisfacción de las necesidades y el bienestar de las personas a lo largo de todo el ciclo de vida del proyecto. Destacan entre sus principales decisiones:
- Estructuración integral y por disciplinas: Los proyectos deben concebirse como sistemas interrelacionados, donde ingenieros, economistas, especialistas sociales, jurídicos y financieros interactúan para optimizar los resultados sociales y económicos.
- Evaluación económica y social independiente: Se establece que esta evaluación debe realizarse con autonomía y objetividad, para identificar impactos positivos y negativos, permitiendo ajustar el diseño del proyecto para mejorar su rentabilidad social.
- Aplicación en etapas de prefactibilidad, factibilidad y estudios definitivos: En cada una, la evaluación económica y social debe retroalimentar las demás disciplinas y reflejarse explícitamente en las decisiones de diseño, asegurando la maximización de beneficios sociales y la mitigación de costos sociales.
- Definiciones sectoriales claras: Conceptos como bienestar, beneficio social, costo social, creación de valor público, impacto y rentabilidad social son especificados para orientar la interpretación técnica dentro del sector transporte.
Estos lineamientos complementan, sin reemplazar, las metodologías oficiales adoptadas por el Departamento Nacional de Planeación y otras autoridades competentes en materia de inversión pública y APP.
Impacto y vigencia
La resolución implica un avance normativo en la estructuración de proyectos de infraestructura de transporte al incorporar de manera explícita el bienestar de la población como eje central de la planificación y diseño. Se espera que esta orientación permita identificar mejor los impactos sociales y económicos, favoreciendo proyectos más sostenibles y con mayor valor público.
Además, se establece que las entidades adscritas al Ministerio deben actualizar sus reglamentos internos para armonizar sus procesos con este enfoque, respetando las competencias y metodologías oficiales vigentes. Los proyectos en curso podrán continuar bajo sus parámetros iniciales, salvo que sus contratos permitan modificaciones compatibles con esta resolución.
La resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, consolidándose como un referente sectorial para la formulación y evaluación de proyectos de infraestructura vial, marítima, fluvial, aérea y férrea en Colombia.
Conclusión
Con esta normativa, el Ministerio de Transporte fortalece su rol en la garantía del interés general y la mejora de la calidad de vida, integrando un enfoque humano y social en la estructuración de proyectos de infraestructura. Este paso refleja el compromiso del Estado con un desarrollo sostenible e inclusivo, en línea con las obligaciones constitucionales y los estándares internacionales de evaluación de proyectos públicos.
Para consultar la resolución completa, puede accederse al Diario Oficial No. 53.203 de 5 de agosto de 2025.