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Consejo de Estado declara infundado recurso de anulación contra laudo arbitral sobre construcción del Puente Pumarejo

Proviene de: Sentencias

6 de agosto de 2025 16:35:11

Contexto y tribunal competente

El 18 de julio de 2025, la Sección Tercera – Subsección B de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en su calidad de tribunal de segunda instancia, emitió una providencia que resolvió el recurso extraordinario de anulación interpuesto contra un laudo arbitral proferido el 13 de abril de 2023 por un tribunal arbitral integrado por árbitros de la Cámara de Comercio de Bogotá. Este tribunal arbitral había conocido del conflicto surgido en la ejecución del contrato para la construcción, a precios unitarios, de la solución integral del paso sobre el río Magdalena en la carretera Barranquilla – Santa Marta, conocido como el Puente Pumarejo.

Antecedentes fácticos y procesales

El Instituto Nacional de Vías (INVÍAS) contrató al consorcio para la ejecución de la obra. Durante el desarrollo del contrato, el contratista convocó un tribunal arbitral buscando que se declarara el incumplimiento contractual por parte de INVÍAS y se reconocieran diversas sumas por conceptos económicos relacionados con mayores permanencias, ajustes en estudios y diseños, modificaciones de licencias ambientales, traslado de redes de servicios públicos, entre otros. El tribunal arbitral, tras analizar las pretensiones y excepciones, acogió parcialmente algunas de las reclamaciones declarativas del contratista y denegó los reconocimientos económicos solicitados. Posteriormente, el consorcio interpuso un recurso extraordinario de anulación alegando que el laudo se profirió en conciencia, es decir, sin sustento jurídico adecuado, y que dejó sin resolver cuestiones sujetas al arbitraje.

Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión

En su análisis, la Sala recordó que conforme al artículo 116 de la Constitución Política...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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