Consejo de Estado declara fundada recusación contra magistrados en proceso sobre laudo arbitral del Fondo Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales
Proviene de: Sentencias
6 de agosto de 2025 16:45:53
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Subsección B de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que conoce en segunda instancia los recursos extraordinarios de anulación relacionados con laudos arbitrales. Esta sala es competente para decidir sobre recusaciones formuladas contra magistrados que han intervenido en procesos previos, conforme a las disposiciones del Código General del Proceso y de la Ley 1563 de 2012.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó con la demanda arbitral presentada en abril de 2022 por socios de una clínica liquidada, quienes a través de la cesionaria de sus derechos litigiosos demandaron al Fondo Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia. El tribunal arbitral, en agosto de 2022, profirió un laudo que reconoció la existencia de un contrato de prestación de servicios de salud y condenó al fondo a pagar una millonaria suma por daños patrimoniales causados a la clínica.
Posteriormente, el Fondo y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado interpusieron recurso extraordinario de anulación contra dicho laudo, argumentando, entre otras causales, la inexistencia y nulidad del pacto arbitral, falta de competencia del tribunal y caducidad de la acción. En septiembre de 2023, la Subsección B del Consejo de Estado decidió negar ese recurso, señalando que no se había cumplido con el requisito de procedibilidad para estudiar algunas causales y que el tribunal arbitral falló conforme a derecho.
El Fondo y la Agencia también interpusieron una acción de tutela alegando vulneración de derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la justicia por parte del tribunal arbitral...
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