Consejo de Estado declara impedimento de magistrado en proceso contra la Contraloría General de la República
Consejo de Estado declara impedimento de magistrado en proceso contra la Contraloría General de la República
Proviene de: Sentencias
6 de agosto de 2025 16:57:3
Providencia judicial en la Sala de lo Contencioso Administrativo
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado, en su calidad de tribunal de segunda instancia para procesos administrativos, emitió un auto mediante el cual declaró fundado el impedimento presentado por uno de sus magistrados en un proceso de reparación directa instaurado contra la Contraloría General de la República.
Antecedentes fácticos y procesales
El magistrado en cuestión informó su impedimento para participar en el conocimiento del proceso, fundamentado en las causales previstas en los numerales 3 y 4 del artículo 130 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), normativa que regula las situaciones que pueden afectar la imparcialidad de los funcionarios judiciales.
El motivo del impedimento radicó en que la hija de su cónyuge, quien además es su hija de crianza, ocupa el cargo de asesora adscrita al despacho del Contralor General de la República, parte demandada en el proceso. Por esta razón, el magistrado consideró que existía una causal objetiva para apartarse del conocimiento del asunto.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado recordó que los impedimentos tienen como finalidad garantizar la imparcialidad y la transparencia en la función judicial. El CPACA y el Código General del Proceso establecen taxativamente las causales de impedimento y recusación, las cuales deben ser observadas estrictamente para preservar la confianza en la administración de justicia.
En el análisis, la Sala señaló que, si bien el magistrado manifestó el impedimento con base en dos causales, únicamente se configuró la prevista en el numeral 3 del artículo 130 del CPACA. Esta causal se refiere a la existencia de un vínculo familiar cercano —hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único civil— entre el magistrado y personas que tengan la condición de servidores públicos, asesores o contratistas en alguna de las entidades públicas involucradas en el proceso como parte o tercero interesado.
En este caso, la hija de crianza y al mismo tiempo hija del cónyuge del magistrado se encuentra en primer grado de afinidad y desempeña funciones como asesora en el despacho del Contralor General de la República, entidad demandada en el proceso. Esta circunstancia configura la causal de impedimento prevista en la ley.
Decisión adoptada y efectos procesales
Con base en lo anterior, la Sala declaró fundado el impedimento del magistrado y ordenó su separación del conocimiento del proceso. Esta medida se adopta para preservar la imparcialidad y la transparencia en la administración de justicia.
Asimismo, se dispuso que la notificación de esta decisión se realice mediante estado electrónico, conforme a lo establecido en el artículo 201 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 50 de la Ley 2080 de 2021, asegurando así la eficacia y oportunidad en la comunicación de la providencia.
Importancia del control de impedimentos en la función judicial
Esta providencia resalta la relevancia del control riguroso de los impedimentos dentro del proceso judicial administrativo, en especial cuando se trata de procesos en los que intervienen entidades públicas. La aplicación estricta de las causales previstas en la ley contribuye a mantener la confianza ciudadana en la independencia y objetividad de los tribunales.
En conclusión, el Consejo de Estado reafirma la obligación de los magistrados y jueces de declararse impedidos cuando existan vínculos que puedan afectar su imparcialidad, garantizando así el respeto al debido proceso y a los principios constitucionales que rigen la función judicial en Colombia. De esta manera, se fortalece la transparencia y la legitimidad en la administración de justicia, aspectos fundamentales para la consolidación del Estado social de derecho.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.