Providencia proferida por el Consejo de Estado en segunda instancia
El auto objeto de análisis fue emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado en segunda instancia, en el marco de un recurso de apelación interpuesto contra un auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección B. Dicha providencia inicial, fechada el 2 de febrero de 2024, había negado el decreto de un dictamen pericial y un análisis técnico relacionados con precios de transferencia, solicitados por la parte demandante en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad accionante presentó demanda contra resoluciones emitidas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (UAE DIAN), mediante las cuales se modificó la declaración del impuesto de renta y complementarios correspondiente al año gravable 2016. La demanda se fundamenta en la supuesta irregularidad de estos actos administrativos, argumentando falta de motivación y desconocimiento de normativas específicas sobre precios de transferencia y principios tributarios aplicables. En el proceso, la demandante allegó pruebas documentales, incluyendo un dictamen pericial elaborado por una firma reconocida de asesoría y un análisis técnico de expertos en precios de transferencia. Estos informes tenían por objeto demostrar que las operaciones de egresos por compra de activos fijos depreciables realizadas con vinculados económicos en el exterior se ajustaban al principio de plena competencia y a la regulación vigente. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, sin embargo, decidió negar el decreto de estas pruebas periciales, considerando que los documentos ya aportados eran suficientes para resolver el litigio y que el...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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