Comisión Nacional de Crédito Agropecuario crea el Programa de Financiamiento y Riesgos para la Agricultura Campesina, Familiar, Étnica y Comunitaria (ACFEC)
Proviene de: Resoluciones
8 de agosto de 2025 11:8:29
Contexto y entidad emisora
El pasado 4 de agosto de 2025, la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario emitió la Resolución 05 de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.204 el 6 de agosto de 2025, mediante la cual se crea formalmente el Programa de Financiamiento y Riesgos Agropecuarios para las organizaciones de la Agricultura Campesina, Familiar, Étnica y Comunitaria (ACFEC). Esta entidad es el órgano rector del financiamiento y manejo de riesgos del sector agropecuario y actúa en el marco de las facultades conferidas por los artículos 216 y 218 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
Tema principal y destinatarios
El programa regulado por esta resolución está dirigido a las organizaciones que conforman la Agricultura Campesina, Familiar, Étnica y Comunitaria, entendida como un sector clave del agro nacional, con fuerte arraigo social, cultural y económico. Los beneficiarios se identifican mediante registros oficiales, incluyendo la plataforma tecnológica “Mi Registro Rural”, y abarcan modelos asociativos como cooperativas, sindicatos agrarios y organizaciones solidarias. La resolución se dirige no solo a estas organizaciones, sino también a todas las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Crédito Agropecuario, así como a otras entidades públicas y privadas vinculadas con servicios financieros, aseguradores y de gestión agropecuaria.
Objetivo y finalidad del programa
El propósito central del Programa ACFEC es crear un esquema integral de financiamiento y gestión de riesgos adaptado a las particularidades de estas organizaciones. Su objetivo es fomentar la producción, transformación y comercialización de productos agroalimentarios, fortalecer la resiliencia ante riesgos biológicos, climáticos y de mercado, y promover la inclusión financiera, contribuyendo así a la seguridad y soberanía alimentaria nacional, la distribución equitativa del ingreso y la mejora de las condiciones sociales y económicas en las zonas rurales.
Decisiones y lineamientos clave
La resolución establece un marco general con principios rectores como la coordinación interinstitucional, eficacia, eficiencia, acceso, simplificación y transparencia en el manejo de información. Se definen tres etapas fundamentales para el programa: diseño, implementación y consolidación.
Durante la etapa de diseño, que tendrá un plazo de seis meses desde la vigencia de la resolución, se presentarán propuestas para instrumentos financieros, gestión de riesgos y rutas integrales de atención. La implementación se extenderá hasta 24 meses, con evaluación continua para ajustes. La consolidación, a partir del segundo año, buscará acelerar la inserción financiera de las organizaciones ACFEC con metas claras en el Plan Indicativo de Crédito.
Se contemplan fases de vida organizativa para las entidades beneficiarias (inicio, desarrollo y madurez), que orientarán el tipo de apoyo y acceso a instrumentos específicos, desde educación financiera hasta créditos y seguros adaptados.
Los instrumentos financieros incluirán mecanismos flexibles de crédito, ahorro programado, microseguros y garantías, diseñados para reconocer las particularidades culturales, productivas y ambientales de las organizaciones. Además, se promoverán componentes no financieros como asistencia técnica, comercialización y fortalecimiento organizacional, con especial atención a emprendimientos liderados por mujeres y juventudes rurales.
Base legal y normatividad aplicable
La resolución se fundamenta en diversas normas constitucionales y legales, tales como los artículos 64, 65, 66, 334 y 113 de la Constitución Política, la Ley 16 de 1990 que creó el Sistema Nacional de Crédito Agropecuario, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (artículos 216, 218, 219 y 230), y la Ley 2409 de 2024 que promueve el desarrollo del sector agropecuario. Además, toma en consideración resoluciones ministeriales previas, documentos de política pública como el CONPES 3932 de 2018, y recomendaciones internacionales, incluyendo las de la FAO y la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Modificaciones y articulación con normativa previa
La Resolución 05 de 2025 complementa y desarrolla lineamientos establecidos en normativas anteriores, como la Resolución 464 de 2017 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, que adoptó la denominación ACFEC, y otras resoluciones relacionadas con la asociatividad rural productiva y programas de crédito agropecuario. Además, promueve la interoperabilidad de la plataforma “Mi Registro Rural” con otros registros oficiales para fortalecer la caracterización y atención integral a la población beneficiaria.
Plazos y seguimiento
Se establecen plazos concretos para cada etapa del programa: seis meses para el diseño, hasta 24 meses para la implementación y un periodo posterior para consolidación. El seguimiento del programa estará a cargo del Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Agencia de Desarrollo Rural, que deberán presentar propuestas de indicadores para medir el impacto social y económico. Asimismo, informes periódicos sobre avances serán remitidos a la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario para evaluación y ajustes.
Impacto potencial
Este programa representa un avance significativo para la inclusión financiera y la formalización del sector agropecuario campesino, familiar, étnico y comunitario. Al articular esfuerzos interinstitucionales y establecer instrumentos financieros adaptados, se espera mejorar las capacidades productivas, fortalecer la gestión de riesgos y ampliar el acceso a créditos y servicios financieros. Todo ello contribuye a la seguridad alimentaria, al desarrollo rural sostenible y a la equidad social en Colombia.
En conclusión, la Resolución 05 de 2025 configura un marco integral para atender las particularidades y necesidades de la Agricultura Campesina, Familiar, Étnica y Comunitaria, promoviendo su desarrollo económico, social y ambiental a través de un programa de financiamiento y gestión de riesgos diseñado con criterios técnicos y legales sólidos.
[Consulte la Resolución 05 de 2025 aquí (enlace al documento oficial, si está disponible).]
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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