Propósito general y objetivo principal del proyecto
El proyecto de Resolución tiene por objeto reglamentar de manera integral el funcionamiento del Fondo Nacional de Vivienda del SENA, basado en el Acuerdo 0012 de 2014 y sus modificaciones posteriores hasta 2025. Este marco normativo se orienta a garantizar la correcta administración de los créditos hipotecarios y préstamos sobre ahorros otorgados a los servidores públicos de la entidad, facilitando el acceso a la vivienda digna y promoviendo condiciones equitativas para afiliados y beneficiarios del Fondo.
El objetivo principal es optimizar los procesos de adjudicación, legalización, desembolso y seguimiento de los créditos y préstamos, asegurando transparencia, eficiencia y cumplimiento de los compromisos pactados con las organizaciones sindicales en el Acuerdo Colectivo 2024-2026. Asimismo, se busca ofrecer mecanismos claros para la gestión de la cartera, el cobro de obligaciones y el manejo de situaciones especiales como refinanciaciones o créditos en mora.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
Entre las innovaciones más relevantes, el proyecto establece procedimientos detallados para:
- La adquisición de lotes con crédito hipotecario y el uso del remanente del crédito para la construcción o mejoras en el mismo predio, incluyendo la exigencia de hipoteca de primer grado sobre un inmueble con valor comercial superior al crédito a desembolsar.
- La compra de vivienda cuando el solicitante tenga vigente un contrato de leasing habitacional, regulando la legalización del crédito bajo garantías hipotecarias adicionales.
- La evaluación de capacidad de pago, que se realizará únicamente a los servidores públicos que hayan quedado opcionados para recibir un crédito, y que deberán comprobar capacidad para cubrir obligaciones existentes sin superar el 40% de su asignación básica mensual.
- La obligación de los servidores públicos favorecidos con crédito para aceptar el préstamo y las condiciones de legalización y desembolso dentro del mes siguiente a la notificación.
- La especificación de documentos requeridos para acreditar parentescos y dependencias económicas, esenciales para la asignación de puntos en la evaluación de solicitudes.
- La exclusión de créditos para compra, construcción o mejoras de inmuebles con destinación diferente al uso unifamiliar, evitando la utilización del Fondo con fines comerciales o de inversión.
- La reducción del plazo para solicitar cambio de modalidad de crédito de dos a un mes, y la prohibición de cambio de modalidad para beneficiarios que ya hayan sido favorecidos en la misma modalidad.
- Regulaciones para la aprobación de créditos especiales en situaciones de emergencia, incluyendo criterios para víctimas del conflicto armado con hechos ocurridos en un término no superior a diez años.
- La definición de visitas de inspección a inmuebles objeto de créditos para verificar la correcta destinación de recursos y avances de obra, con informes que forman parte del expediente.
- El cambio de la garantía personal de avalista a codeudor solidario para fortalecer la recuperación de cartera, exigiendo capacidad de pago y finca raíz como respaldo.
Medidas específicas propuestas y procedimientos
El proyecto reglamenta de forma minuciosa los procedimientos para cada etapa del crédito hipotecario y préstamo sobre ahorro, destacando:
- Convocatorias y evaluación: Se realizarán convocatorias separadas para afiliados y beneficiarios, con criterios claros y publicación de resultados con espacio para reclamaciones.
- Legalización y desembolso: Se detallan los documentos necesarios para la legalización según modalidad (compra, construcción, mejoras, liberación de gravamen), y el proceso para el desembolso, incluyendo la constitución y cancelación de hipotecas.
- Amortización y pagos: El sistema de cuotas fijas y la aplicación anual obligatoria de cesantías e intereses para abonarlos al crédito, con condiciones para abonos extraordinarios y manejo de mora.
- Créditos especiales: Procedimiento para solicitud, análisis y aprobación de créditos por emergencia o condiciones especiales, con control presupuestal estricto.
- Gestión de cartera y cobro: Supervisión del cumplimiento de obligaciones, cobro persuasivo y jurídico, posibilidad de acuerdos de pago y refinanciación en casos de extrema necesidad o enfermedad catastrófica.
- Seguros y garantías: Obligación de pólizas de vida e incendio con renovación automática, constitución de hipoteca en primer grado y condiciones para hipoteca en segundo grado.
- Traslado y cruce de cuentas: Mecanismos para trasladar cesantías entre el Fondo Nacional de Vivienda del SENA y el Fondo Nacional de Ahorro, así como para realizar cruce de cuentas entre ahorros y deudas al momento de la desvinculación.
Impacto y alcance potencial
La reglamentación propuesta tiene un impacto directo en los servidores públicos del SENA, facilitando el acceso a créditos hipotecarios en condiciones más claras y ajustadas a sus necesidades reales. La inclusión de procedimientos para adquisición de lotes y uso del remanente para construcción o mejoras amplía las oportunidades para la vivienda digna.
Además, la reducción de tasas de interés para préstamos sobre ahorro y la mejora en los mecanismos de control y seguimiento de la cartera buscan fortalecer la sostenibilidad financiera del Fondo. La incorporación de garantías solidarias mediante codeudores contribuye a la seguridad jurídica y a la recuperación eficiente de los créditos.
El proyecto también fortalece la gestión administrativa y el cumplimiento de compromisos adquiridos con las organizaciones sindicales, promoviendo un ambiente de confianza y transparencia en la entidad.
Participación de actores clave
El desarrollo de este proyecto contó con la participación activa de la Secretaría General y el Grupo de Vivienda del SENA, así como con la revisión y aprobación del Consejo Directivo Nacional de la entidad. Además, se dio cumplimiento al Acuerdo Colectivo 2024-2026 firmado con las organizaciones sindicales representativas de los empleados públicos del SENA.
Se llevó a cabo un proceso de consulta pública publicado en la página web del SENA, cumpliendo con la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 270 de 2017, aunque no se recibieron observaciones ciudadanas durante el periodo habilitado.
Finalmente, la reglamentación será implementada por los diferentes niveles administrativos del SENA, incluyendo la Dirección General, Direcciones Regionales, Subdirecciones de Centro, Coordinaciones de Gestión de Talento Humano y Administradores del Fondo de Vivienda, quienes tendrán responsabilidades específicas en el proceso de adjudicación, legalización, desembolso y seguimiento de los créditos y préstamos.
Con esta reglamentación, el SENA reafirma su compromiso con el bienestar de sus servidores públicos, garantizando un acceso justo, seguro y eficiente a la vivienda, y fortaleciendo la gestión financiera y administrativa del Fondo Nacional de Vivienda.