Contexto y entidad emisora
La Resolución 40342 de 2025 fue expedida el 8 de agosto de 2025 por el Ministerio de Minas y Energía, el organismo encargado de expedir reglamentos técnicos sobre la producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica y gas combustible en Colombia. Esta resolución aparece publicada en el Diario Oficial No. 53.206 el mismo día.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema principal de la resolución es la prórroga por un año de la vigencia del Reglamento Técnico de Instalaciones Internas de Gas Combustible, inicialmente adoptado mediante la Resolución 90902 de 2013 y modificado en diversas ocasiones posteriores. Este reglamento establece los requisitos técnicos y de seguridad que deben cumplir las instalaciones internas para el suministro de gas combustible, buscando proteger la salud y seguridad de los usuarios y garantizar un adecuado aprovisionamiento.
El destinatario principal de esta regulación es el sector de la distribución y consumo de gas combustible en Colombia, que abarca aproximadamente 12 millones de hogares y las empresas dedicadas a la construcción, inspección, distribución y mantenimiento de las instalaciones internas de gas. La regulación también involucra a organismos de acreditación y entidades de evaluación de la conformidad.
Objetivo y justificación de la prórroga
El propósito de la resolución es extender la vigencia del reglamento técnico mientras se adelantan las modificaciones necesarias para actualizarlo. La prórroga responde a la necesidad de contar con un plazo prudencial para culminar las etapas de socialización y análisis técnico con los diferentes actores involucrados en la cadena de suministro y uso del gas combustible.
Entre las razones expuestas para esta prórroga, se destaca la existencia de dudas y solicitudes de aclaración sobre aspectos específicos del reglamento, tales como:
- Procedimientos para la medición de la concentración de monóxido de carbono en artefactos a gas.
- Condiciones de ventilación en los espacios donde se ubican los gasodomésticos.
- Unidades de medida para la concentración de gas combustible en ambientes interiores.
- Evaluación y aplicación de válvulas en artefactos de cocción clase 3.
- Clasificación y alcance de defectos críticos y no críticos.
- Responsabilidad en la información al inspeccionar líneas matrices que pueden servir a múltiples instalaciones internas.
Estas inquietudes evidencian la complejidad técnica y la importancia de un reglamento claro y actualizado para proteger la seguridad de los usuarios y garantizar la calidad del servicio.
Decisiones principales de la resolución
Mediante el artículo primero, la resolución prorroga por un año la vigencia del Reglamento Técnico de Instalaciones Internas de Gas Combustible. Esta prórroga se fundamenta en informes técnicos y conceptuales emitidos por la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, que resaltan la necesidad de mantener la normativa vigente para evitar impactos negativos en la seguridad y en más de doce millones de hogares consumidores de gas.
El artículo segundo establece que la resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, asegurando así la continuidad normativa sin interrupciones.
Fundamentos legales y normativos
La resolución se fundamenta en varias disposiciones legales y reglamentarias, entre ellas:
- Numerales 9 del artículo 2° y 7 del artículo 5° del Decreto 381 de 2012 y sus modificaciones posteriores, que confieren al Ministerio de Minas y Energía la facultad para expedir reglamentos técnicos sobre energía eléctrica y gas combustible.
- Artículo 2.2.1.7.6.7 del Decreto 1074 de 2015, que establece la obligación de realizar evaluaciones ex post a los reglamentos técnicos al menos cada cinco años y permite prórrogas mientras se actualizan.
- Artículos 78 y 333 de la Constitución Política, que garantizan la responsabilidad en la producción y comercialización de bienes y servicios y la libre competencia económica con responsabilidades.
- Resolución CREG 067 de 1995 y su modificación en 2012, que exigen revisiones periódicas de las instalaciones de gas para garantizar la seguridad y cumplimiento normativo.
Modificaciones previas y proceso de actualización
El Reglamento Técnico de Instalaciones Internas de Gas Combustible fue adoptado inicialmente en 2013 y ha sido modificado mediante varias resoluciones en los años 2015, 2016 y 2017. Además, su vigencia ha sido prorrogada en años anteriores (2023 y 2024) para dar tiempo a la revisión y actualización normativa.
Actualmente, el Ministerio de Minas y Energía continúa trabajando en el proyecto de modificación del reglamento, realizando talleres de socialización y consultas con los diferentes actores del sector, con especial atención a los puntos técnicos y aclaraciones necesarias para mejorar la regulación vigente.
Impacto potencial de la prórroga
La prórroga garantiza la permanencia de un marco normativo que protege la seguridad de los usuarios y asegura la calidad en el suministro de gas combustible en Colombia. Al evitar un vacío normativo, se mantiene la vigencia de requisitos técnicos imprescindibles para la inspección, instalación y mantenimiento de las redes internas de gas, lo que beneficia tanto a consumidores como a proveedores.
Además, la medida permite continuar un proceso ordenado y transparente de actualización del reglamento, incorporando las observaciones técnicas y sectoriales que permitan optimizar las normas y su aplicación práctica.
Conclusión
La Resolución 40342 de 2025 del Ministerio de Minas y Energía representa una acción clave para mantener la seguridad y eficiencia en las instalaciones internas de gas combustible en Colombia. La prórroga de un año del reglamento técnico vigente asegura la protección de millones de hogares y facilita la actualización normativa en diálogo con los diferentes actores del sector.
Para consultar la resolución completa, se puede acceder al Diario Oficial No. 53.206 del 8 de agosto de 2025, donde se encuentra publicada íntegramente esta importante disposición.