Contexto y entidad emisora
La Resolución número 20253040031235, emitida el 8 de agosto de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.209 el 11 de agosto de 2025, fue expedida por el Ministerio de Transporte. Este organismo tiene la competencia legal para fijar, modificar y regular las tarifas de peajes en la infraestructura vial nacional, en virtud de las facultades conferidas por la Ley 105 de 1993, modificada parcialmente por la Ley 787 de 2002, y el Decreto 087 de 2011.
Asunto y destinatarios
El tema principal de la resolución es el ajuste gradual y progresivo de las tarifas de peaje en la estación “La Pintada”, perteneciente al proyecto vial “Conexión Pacífico 2”, bajo el Contrato de Concesión APP número 006 de 2014. El destinatario principal de esta regulación son los usuarios de la vía concesionada, así como la Concesionaria “La Pintada” S.A.S. y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), que actúan como parte contratante y operadora del proyecto vial.
Este ajuste tarifario es relevante para los usuarios del corredor vial, las comunidades aledañas, los gremios de transporte y comercio, y la administración pública, dado que el peaje impacta directamente en la movilidad, costos y desarrollo socioeconómico de la región.
Objetivo y finalidad de la resolución
La resolución tiene como finalidad principal restablecer y normalizar la estructura tarifaria del peaje “La Pintada”, afectada por suspensiones y ajustes parciales derivados de disposiciones legales y decretos anteriores, así como por acuerdos entre la ANI y la concesionaria para mitigar impactos sociales.
Asimismo, busca implementar un esquema gradual para el incremento tarifario, asegurando la actualización conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la asignación de recursos al Fondo de Seguridad Vial (Fosevi), en concordancia con lo establecido en el contrato de concesión y la normatividad vigente.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución modifica artículos de la Resolución número 20223040001745 de 14 de enero de 2022, estableciendo:
- La actualización anual de las tarifas a partir del 16 de enero de cada año, conforme al IPC del mes de diciembre del año inmediatamente anterior, más el valor del Fosevi, aplicando la fórmula de actualización y redondeo prevista en el Contrato de Concesión número 006 de 2014.
- Un mecanismo de gradualidad en la aplicación de las tarifas, manteniendo las tarifas actuales para el año 2025 hasta el 15 de enero de 2026, con incrementos posteriores que permitan normalizar la estructura tarifaria contractual sin generar compensaciones por diferenciales tarifarios a partir del 16 de enero de 2028.
- La actualización y mantenimiento de las tarifas diferenciales para las categorías vehiculares I, II, III y IV, ajustadas a la centena más cercana para facilitar el recaudo.
- La adición del valor destinado al Fondo de Seguridad Vial (Fosevi) conforme a la resolución vigente para tal efecto.
- La derogatoria del artículo quinto de la Resolución 20223040001745 de 2022, en tanto se modifica el esquema tarifario.
Además, la resolución incluye la ratificación de un acuerdo suscrito entre la ANI y la concesionaria para continuar con la aplicación de la estructura tarifaria contemplada en la resolución de 2022, considerando la actualización establecida.
Base legal y normativa aplicable
El ajuste tarifario se fundamenta en varias normas clave:
- Ley 105 de 1993, que regula el transporte y establece competencias para fijar tasas, tarifas y peajes en infraestructura nacional.
- Ley 787 de 2002, que modifica disposiciones relativas a la Ley 105.
- Decreto 087 de 2011, que regula la estructura del Ministerio de Transporte y sus funciones.
- Decreto 4165 de 2011, que transforma el Instituto Nacional de Concesiones en la Agencia Nacional de Infraestructura.
- Decreto 050 de 2023 y Decreto 2287 de 2023, que establecen instrucciones para el no incremento y el incremento gradual de tarifas de peaje.
- Contrato de Concesión bajo Esquema APP número 006 de 2014, que establece las condiciones específicas para la operación y actualización tarifaria del proyecto “Conexión Pacífico 2”.
Modificaciones a normas previas y plazos establecidos
La Resolución 20253040031235 modifica expresamente artículos de la Resolución 20223040001745 de 2022, que previamente regulaba la estructura tarifaria del peaje “La Pintada”. Además, se establece un plazo claro para la normalización total de la estructura tarifaria: las tarifas deberán igualar las que se deberían estar cobrando conforme al contrato a partir del 16 de enero de 2028, eliminando cualquier compensación por diferenciales.
El ajuste gradual comienza en 2025, manteniendo las tarifas actuales hasta enero de 2026 y aplicando incrementos progresivos hasta alcanzar la tarifa plena en 2028.
Impacto potencial
Este ajuste tarifario representa un paso importante para la normalización económica del proyecto vial “Conexión Pacífico 2”, garantizando la sostenibilidad financiera de la concesión y el mantenimiento adecuado de la infraestructura. Al mismo tiempo, la gradualidad en la aplicación de los incrementos busca mitigar impactos socioeconómicos sobre las comunidades y usuarios del corredor vial.
El equilibrio entre el desarrollo del proyecto y el bienestar de sus habitantes es un aspecto central, reflejando la atención del Ministerio de Transporte y la ANI a las condiciones sociales del entorno.
En definitiva, la resolución ofrece un marco claro y transparente para la actualización tarifaria, en línea con la legislación vigente y los compromisos contractuales, configurando un referente para la gestión de peajes en proyectos concesionados bajo esquemas de Asociación Público-Privada en Colombia.
Para consultar la Resolución completa, puede acceder al Diario Oficial No. 53.209 del 11 de agosto de 2025 o a la página web oficial del Ministerio de Transporte.