Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma archivo de investigación contra fiscales de Girardot
Proviene de: Sentencias
13 de agosto de 2025 0:34:26
Providencia y tribunal competente
La providencia analizada es un auto interlocutorio expedido por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, máxima instancia disciplinaria de la Rama Judicial encargada de investigar y sancionar a sus funcionarios. En este caso, la decisión corresponde a la segunda instancia del proceso disciplinario, ratificando la resolución adoptada por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Cundinamarca.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso disciplinario se originó a partir de una queja presentada por una ciudadana en 2021, quien reprochó la presunta negligencia de dos fiscales adscritas a la Fiscalía 01 Local de Girardot en la tramitación de una denuncia penal por injuria presentada en 2018. La denunciante alegó que el proceso penal no había tenido pronunciamiento a su favor y que sus derechos al buen nombre y honra se encontraban vulnerados.
Con base en la queja, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Cundinamarca ordenó la apertura de indagación previa y solicitó información y documentación relativa al desempeño de las fiscales y la actuación en el proceso penal. Tras la recopilación y análisis de las pruebas, se inició formalmente la investigación disciplinaria contra las dos fiscales.
Durante el trámite, la quejosa ratificó y amplió sus denuncias, señalando presuntas irregularidades y demoras injustificadas. Sin embargo, la Fiscalía respondió a las solicitudes y se evidenció que se habían realizado diversas diligencias, entre ellas citaciones para conciliación y órdenes a la policía judicial, durante el período investigado.
Consideraciones jurídicas y razones de la decisión
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, ejerciendo sus competencias constitucionales y legales conforme al artículo 257A de la Constitución Política y normas disciplinarias vigentes, examinó detalladamente el expediente remitido desde la instancia anterior.
El análisis se centró en determinar si existió negligencia o incumplimiento grave en las actuaciones de las fiscales durante la tramitación del proceso penal por injuria. Se valoraron las actuaciones procesales, los intentos de conciliación, las órdenes impartidas a la policía judicial, y la respuesta a las solicitudes de la denunciante.
Además, se tuvo en cuenta el contexto operativo del despacho judicial, que soportaba una alta carga procesal, con más de 2.000 procesos activos en ciertos periodos, y las afectaciones derivadas de la pandemia de COVID-19, que implicaron suspensión de términos y adaptación a modalidades virtuales de trabajo, incidiendo en la celeridad del trámite.
Aunque se identificó un periodo de inactividad en la tramitación, se concluyó que este estaba justificado por las circunstancias señaladas y no constituía una conducta negligente ni disciplinariamente reprochable. Asimismo, se determinó que los hechos denunciados no revestían la gravedad necesaria para afectar derechos fundamentales como el buen nombre o la honra, sino que correspondían a un conflicto de convivencia cuya competencia recaía en autoridades de policía.
Por estas razones, se confirmó la decisión de primera instancia que ordenó la terminación y archivo definitivo de la investigación disciplinaria contra las fiscales involucradas, disponiendo además las notificaciones correspondientes y señalando que contra esta resolución no procede recurso alguno.
Implicaciones y cierre del proceso
Esta decisión reafirma la importancia de valorar en los procesos disciplinarios no solo la actuación individual de los funcionarios, sino también las condiciones institucionales y contextuales que inciden en la gestión judicial. La providencia resalta la necesidad de garantizar el debido proceso, el derecho a la defensa y la valoración objetiva de las pruebas para determinar la existencia o no de faltas disciplinarias.
De igual forma, el pronunciamiento destaca la función de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial como garante del control interno dentro de la Rama Judicial, asegurando que las investigaciones disciplinarias se conduzcan con rigor y respeto a las garantías procesales.
Finalmente, el expediente fue remitido nuevamente a la Comisión Seccional para que continúe con los trámites pertinentes en atención a la terminación del procedimiento. Esta resolución cierra la etapa disciplinaria en relación con las fiscales investigadas, sin que existan posibilidades de impugnación posteriores, garantizando así la transparencia y el correcto funcionamiento del sistema judicial.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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