Propósito y marco normativo del proyecto
El proyecto de resolución presentado por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) tiene como propósito principal modificar el marco regulatorio vigente para permitir que los prestadores de servicios de comercialización de energía eléctrica, sobre los cuales la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) ha ordenado la toma de posesión, puedan realizar procesos de negociación y contratación directa de energía con mayor agilidad. Esta medida se enmarca en las atribuciones legales establecidas en las leyes 142 y 143 de 1994, así como en decretos complementarios, que regulan la intervención estatal en servicios públicos domiciliarios y la regulación del sector eléctrico.
El proyecto se fundamenta en principios constitucionales y legales que buscan asegurar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de energía eléctrica, promover la libre competencia, y evitar el uso abusivo de posiciones dominantes en el mercado. Además, considera las funciones específicas de la CREG en la regulación y supervisión del mercado mayorista de energía, así como las facultades de la SSPD para intervenir prestadores en situaciones críticas.
Objetivo principal y grupos afectados
El objetivo central del proyecto es optimizar los mecanismos de contratación de energía para los prestadores intervenidos, especialmente aquellos en modalidades de administración o administración temporal con fines liquidatorios. La iniciativa busca mitigar riesgos asociados a la sobreexposición en el mercado de energía mayorista, que afecta la liquidez y la capacidad contractual de estas empresas durante la intervención, garantizando así la continuidad y confiabilidad en el suministro a los usuarios regulados.
Los principales beneficiarios serán los usuarios de energía regulada que dependen de estos prestadores, así como las entidades interventoras encargadas de administrar estas empresas en situaciones de crisis. La medida también impacta positivamente en la estabilidad del mercado eléctrico, al reducir la volatilidad y los riesgos asociados a compras en bolsa de energía de corto plazo.
Nuevas disposiciones y mecanismos planteados
Entre las innovaciones que incorpora el proyecto de resolución destacan las siguientes:
- Se establece que la resolución aplicará exclusivamente a los prestadores sujetos a toma de posesión por la SSPD, motivada en el numeral 59.7 del artículo 59 de la Ley 142 de 1994, y que desarrollen actividades de comercialización de energía eléctrica a usuarios regulados bajo modalidades de administración o administración temporal con fines liquidatorios.
- Se autoriza a estos prestadores a realizar negociación directa, suscripción, registro e inicio de contratos de energía bajo las modalidades “pague lo contratado” y “PCED” (precio cargo energía de demanda), con reglas específicas para periodos de contratación.
- El primer periodo de negociación podrá realizarse dentro de los tres primeros meses contados desde el inicio de la toma de posesión. Periodos sucesivos deberán esperar al menos seis meses después del anterior, y ningún periodo podrá exceder los tres meses.
- Se requiere la publicación clara y oportuna, en el portal web del prestador, de las fechas de inicio y terminación de cada periodo de negociación directa.
- Los contratos derivados de esta modalidad no serán considerados por el Administrador del Sistema Interconectado Nacional (ASIC) para el cálculo de ciertas variables tarifarias, en particular la variable Mc asociada al componente G del costo unitario de prestación del servicio.
- Se incluyen reglas transitorias para prestadores cuya toma de posesión haya iniciado antes de la entrada en vigencia del proyecto, permitiendo un periodo de negociación directa dentro de los tres meses siguientes a dicha entrada en vigencia.
Impacto esperado y relevancia estratégica
El proyecto de resolución busca enfrentar problemáticas recurrentes que han afectado la prestación del servicio en empresas intervenidas, tales como la incapacidad para suscribir contratos de energía en tiempos oportunos, la sobreexposición en el mercado de energía mayorista y la dificultad para obtener garantías contractuales. Estas situaciones han derivado en riesgos financieros y operativos que ponen en peligro la continuidad del suministro eléctrico a los usuarios regulados.
Asimismo, la regulación propuesta tiene un impacto directo en la reducción de la volatilidad tarifaria para los usuarios finales, al disminuir la dependencia de compras en bolsa de energía de corto plazo, especialmente en contextos de baja hidrología que elevan los precios. Esto contribuye a la estabilidad social y económica en regiones afectadas por conflictos relacionados con la prestación del servicio público, como ha sido evidenciado en informes de la Defensoría del Pueblo.
En términos estratégicos, la iniciativa fortalece la gestión regulatoria y la intervención estatal en situaciones críticas, agilizando procesos contractuales para asegurar el suministro y protegiendo los intereses de los usuarios y del sistema eléctrico nacional.
Participación de actores clave y proceso de consulta pública
El proyecto fue aprobado para someterse a consulta pública durante diez días hábiles, período en el cual agentes del sector, usuarios, autoridades locales municipales y departamentales, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y demás interesados están invitados a presentar observaciones y sugerencias. Los comentarios deben ser remitidos a la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas a través del correo electrónico oficial, facilitando así la participación activa de todos los actores involucrados.
Esta apertura al diálogo público es consustancial con el mandato legal de la CREG y garantiza que las disposiciones regulatorias respondan a las necesidades reales del sector y de la sociedad en general.
Conclusión
El proyecto de resolución No. 701 096 de 2025 representa un avance normativo significativo para la regulación del sector eléctrico en Colombia, al establecer un marco claro y ágil para la contratación directa de energía por parte de prestadores intervenidos. Su implementación promete mejorar la continuidad y calidad del servicio público de energía eléctrica, proteger a los usuarios regulados y contribuir a la estabilidad del mercado eléctrico nacional en situaciones de crisis administrativa y financiera.
Con esta iniciativa, la CREG reafirma su compromiso con la modernización del sector eléctrico, la protección de los derechos de los usuarios y el fortalecimiento de los mecanismos regulatorios que garantizan un suministro seguro, eficiente y sostenible para todos los colombianos.